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El millón pagado a Instituto Noos en Valencia no era neto

viernes, 3 de febrero de 2012

En la línea de las tergiversaciones periodísticas, el convenio de colaboración (que no contrato de entrada) entre el Instituto Nóos por una parte, y  Ciudad de las Artes y de las Ciencias, SA (CACSA) y Fundación Turismo Valencia Convention Bureau (FTVCV) de la otra el 8 de septiembre de 2004, ha sido también objeto de valoraciones un tanto exóticas.

Por un lado un medio asegura que Hacienda "nunca había visto 'contratos' (sic) como los de Nóos, y que "los investigadores apuntan que la fórmula usada en los convenios es inédita". Sigue apuntando que en el sumario se especifica que "los redactores del presente informe (con muchos años de servicio en su actividad profesional) jamás se han encontrado con un supuesto como el contemplado", y añaden de cosecha propia los periodista que "la fundación Turismo Valencia Convention Bureau y la Ciudad de las Artes y las Ciencias eligieron la fórmula del convenio de colaboración para la celebración de tres foros sobre turismo y deporte, y otorgaron al Instituto Nóos un canon limpio de 1.044.000 euros por cada edición".

De entrada hay que comentar que el canon no era de 1.044.000 euros, sino de 900.000 € (IVA excluido). Tampoco era un 'contrato', sino un convenio de colaboración. Por el resto cualquiera puede leer el convenio y darse cuenta que no contiene ningún tipo de cláusula 'anormal'. El convenio establece un canon para Nóos de 900.000 €, y especifica las partidas de gasto que quedan a cargo de las entidades 'colaboradoras' (que no contratantes): alojamiento, viajes, alquiler salas, audiovisuales, mobiliario, cátering reuniones, cátering cena de gala, cartelería, decoración floral, iluminación, decoración salas, acreditaciones y ambientación musical, es decir, todo lo referido a las partidas in situ, que suman un valor de 265.205 € (más IVA). Estos importes se facturan directamente a las entidades colaboradoras, CACSA y FTVCV por parte de las entidades prestatarias.

El que define como canon "limpio" es de 900.000 € + IVA que debe cubrir todo el resto de gastos vinculados al evento, básicamente vinculado con el personal de Nóos (logística, administración, captación ponentes, relación ponentes, página web, productos editoriales resultantes, relatorías, etc.) y trabajos subcontratados (prensa y comunicación o dirección científica por ejemplo). Es innegable que el contrato es lucrativo, a este nivel está claro que nadie habla de ausencia de ánimo lucrativo, pero también es innegable que el canon no es limpio sino que incluye una serie de gastos inherentes, que a grosso modo podría estar entre los 350 y 500.000 €. Luego queda remunerar a los socios y principales referentes del evento, Diego Torres e Iñaki Urdangarin (y de ahí las famosas facturas de empresas como Aizoon a Instituto Nóos por la retribución de Urdangarin), así como la parte correspondiente a beneficios, que podrían rondar los 200-350.000 €.

Por el resto se menciona la sorpresa de que Instituto Nóos no tenga que justificar sus gastos, que esencialmente son internos, lo cual no deja de sorprenderme a mi dicha sorpresa. Convenios como este son los habituales mire como se mire (sin entrar en discusiones sobre si los 900.000 eran mucho o poco). El cliente firmó por un producto llave en mano por un determinado importe que aceptó. No entiendo donde está el lío con dichos convenios. Sólo las malas intenciones, la voluntad de causar daño a las partes, la tergiversación periodística (y no periodística) y, acaso, el desconocimiento del funcionamiento del sector de los eventos por parte de Hacienda y la instrucción del caso, pueden generar el debate que todo esto ha generado. Puro sentido común y ausencia de malas intenciones.

El Instituto Nóos disponía de una amplia red de expertos internacionales

jueves, 2 de febrero de 2012

El Comité Directivo del Instituto Nóos estuvo siempre formado por expertos internacionales, hecho que confirma la capacidad técnica y científica de la empresa para reclutar a expertos de talla internacional, a diferencia de lo que algún medio sensacionalista ha puesto en duda, afirmando que "más que disponer de un plantel de investigadores y científicos, contaba con cerebros en ingeniería financiera y fiscal, expertos en captar fondos públicos a través del Instituto Nóos para beneficio de Urdangarín y su socio".

Este es un episodio gratuito más de voluntad de desprestigio no basado en hechos objetivos. La constante colaboración del Instituto Nóos con expertos internacionales me consta como excolaborador, y así fue por ejemplo en el Valencia Summit 2004 al que puede asistir.

En el Comité Directivo que figuraba en la página web, sobre el que ciertamente el Instituto Nóos se respaldaba para dar mayor imagen de legitimidad, contaba con personajes tan relevantes como Michel Fiol (HEC Grande École), José Hartasánchez (ITAM, México), Emilio Herbolzheimer (Henley Management College), Tony Meenaghan (University College Dublin), Ezequiel A. Reficco (Harvard Business School), Luis Vives (Massachusetts Institute of Technology) o Carlos Rufin (Babson College), que lógicamente no figuraban 'sin permiso' en la página web.

Esta extensa red de contactos le permitía al Instituto Nóos captar para las cumbres de Valencia y Baleares (en  este caso al menos la del 2005), expertos de talla internacional que aportasen su conocimiento al territorio para desarrollar sus políticas públicas (no sólo hay que medir lo que cuesta una cumbre sino también el retorno por la vía del conocimiento generado, no era pues un gasto sino una inversión).

Que Diego Torres e Iñaki Urdangarin ahora 'caigan mal' a ciertos medios y a la opinión pública, e incluso que pudieran existir indicios de delito (porque de 'evidencias' todavía no he encontrado en el sumario), no implica que se tenga que mentir sobre la actividad que desarrollaban.

Diego Torres alquiló su propio velero a la Fundación DCIS

martes, 31 de enero de 2012

El 20 de abril de 2011 la sociedad Octium, SL, administrada por la esposa de Diego Torres, Ana Tejeiro, firmó un contrato de arrendamiento con la Fundación Deporte, Cultura e Integración Social (FDCIS) por una embarcación de nombre Octium y matrícula 6ª BA-2-15-11, marca Elan. Por parte de Octium, SL firmaba Ana Tejeiro (la esposa), por parte de FDCIS Diego Torres como presidente.

Según consta en contrato el objeto de dicho alquiler era el programa Velas por la Vida, programa llevado a cabo conjuntamente por la FDCIS y Asociación Junts en Acció para acercar al mundo de la vela a personas con discapacidad.

El mismo día Miguel Tejeiro en nombre de FDCIS cedía el uso particular a Diego Torres. Lo cierto es que el titular de agencia ya era algo sesgado ("Diego Torres se benefició de una embarcación alquilada por la Fundación de Discapacitados que preside"), podemos imaginar como derivó el mismo en otros medios que difundieron la noticia de agencia. La cuestión es que la noticia no es falsa, simplemente una media verdad, como tantas otras en este caso.

El velero en cuestión es el velero particular del matrimonio Torres-Tejeiro, luego Diego Torres alquiló su propio velero a la fundación DCIS para llevar a cabo el proyecto Velas por la Vida, y se guardó su uso para cuando no fuera usado por el proyecto. Además, esta página de la web de la empresa nos muestra como el proyecto también es asumido como propio por Octium, SL. Vemos en ella también como el objeto último de Octium, SL no es el alquiler de embarcaciones, sino ser "un centro de investigación que quiere servir de foro de análisis y discusión sobre las estrategias de patrocinio, mecenazgo y acción social". El alquiler de la embarcación pues era una actividad adicional, no principal, de la sociedad.

Pero lo más lamentable de la cuestión difundida ampliamente en prensa no es su contenido, sino su motivación, pues ¿qué tiene que ver con el caso instruido por la vía penal? Su único objetivo es el sensacionalismo y amancillar la reputación de uno de los imputados, como tantas y tantas otras noticias que tampoco tienen nada que ver con la instrucción.

¿Qué eran los Juegos Europeos del Instituto Nóos?

lunes, 30 de enero de 2012

Los Juegos Europeos fueron una iniciativa propuesta por el Instituto Nóos al gobierno valenciano. Cualquier acusación de "adjudicación a dedo" huelga decir pues que es sensacionalista y malintencionada, ¿o acaso la Generalitat tenía que poner a 'concurso público' una idea de Nóos? Para ello están herramientas como el convenio o el patrocinio público, que son las que se usaron.

De hecho, según consta en la declaración de Miguel Zorío, representante de la firma Lobby Comunicación, la idea de unos Juegos Europeos fue suya y trasladó al Instituto Nóos un estudio de viabilidad, y conjuntamente presentaron el proyecto a la Generalitat.

En el caso que se hubieran llevado a cabo, el convenio fija una retribución para el Instituto Nóos de 6 millones de euros. Dado que se llevaron a cabo trabajos previos de estudio de viabilidad, Nóos llegó a cobrar 382.000 € por dicho concepto. No son ciertas pues afirmaciones como que "Nóos cobró por unos Juegos Europeos que nunca se celebraron". Cobró por los estudios de viabilidad, que además fueron en parte fueron llevados a cabo por la empresa valenciana Lobby Comunicación, tal y como consta en sumario, además del hecho que desde Nóos hubo al menos un consultor encargado de su estudio (que elaboró un informe de unas 300 páginas según su declaración). La cantidad cobrada pues está plenamente justificada, aunque se pueda discutir si fue mucho o poco. Pero tratándose del tipo de este evento no parece exorbitado.

Finalmente los Juegos Europeos no llegaron a celebrarse por, según consta en la declaración de Miguel Zorío, los siguientes motivos:

"1º- Que la presentación pública inicial fue un error debido a que no se había obtenido autorización previa del COI, lo que provocó reticencias y obstáculos por parte del COI.
2º- Las divergencias y diferencias de criterio entre el Instituto Nóos y la Generalitat Valenciana, ya que el IN entendía que era un proyecto "llave en mano" y por lo tanto no tenía que justiticar el destino de los fondos públicos que recibía, mientras que la asesoría jurídica de la Generalitat entendía que el IN debía de justificar mediante la presentación de las contrafacturas cada euro que recibía de los fondos públicos, motivando esto que la relación entre ambos deteriorara y el proyecto finalizó."

El primer punto se refiere a que no se contaba con el apoyo del COI, lo cual de hecho no es exacto pues precisamente formaba parte del encargo el conseguir la complicidad del mismo. Se ha publicado en prensa que tampoco contaba con el apoyo del responsable de las federaciones europeas "por ya existir campeonatos a nivel europeo". Huelga decir que también existen campeonatos a nivel mundial que también 'compiten' com los Juegos Olímpicos, y ello no es un problema. Así pues, precisamente parte del encargo era negociar todos estos asuntos a partir de los contactos de Iñaki Urdangarin en el mundo del deporte. La cuestión es que simplemente no llegó a buen puerto, pero ello no significa que no se trabajara para ello, por lo tanto, como cualquier trabajo, tiene que cobrarse. Así pues, si los Juegos Europeos eran "imposibles" como se ha afirmado en prensa, lo fueron después de los trabajos de intermediación y estudio de viabilidad.

El segundo punto tiene mucho que ver con lo comentado sobre las cumbres: si se presenta una propuesta a una administración con un determinado presupuesto y es aceptado, el contratante asume el riesgo de que el coste final pueda ser superior, no correspondiendo como se ha dicho que si es inferior tenga que devolver dichas cantidades a la administración, lógicamente. Pero parece que en este caso sí quiso la Generalitat incluir dicho aspecto en la negociación, a diferencia de las cumbres.

Aizoon no desvió dinero público sino que facturó los honorarios de Urdangarin

domingo, 29 de enero de 2012

Hemos podido leer con asiduidad que los Duques de Palma habían reformado su palacete de Barcelona o su mansión de Washington con "dinero público desviado" (sic) a través de Aizoon, la sociedad que comparten a medias.

Es decir, que las cantidades facturadas a través de Aizoon ya sea al Instituto Nóos o directamente a clientes públicos, siguen siendo 'dinero público'. Lo cierto es que bajo este prisma deberíamos asumir que todo el profesorado de la escuela pública, el funcionariado o incluso todas las empresas que facturan al sector público están 'desviando dinero público'. Ello es sólo una forma de ver la perversión bajo la cuál se mide el caso y, en especial, el supuesto y más que discutible delito imputado de malversación de fondos públicos.

En el momento en que una empresa, sea o no de Iñaki Urdangarin (porque tiene también derechos además de obligaciones), factura al sector público, ese dinero deja de ser público para pasar a ser privado. Y en ese momento quienes son propietarios de ese dinero privado, propio, puede destinarlo a lo que desee. Pero parece que esta lógica aplastante no les es concedida a los Duques de Palma.

Según el anexo 48 del sumario del caso "Si sumamos la cantidad no justificada, más las facturas presentadas no imputables al objeto del convenio, más las cantidades cobradas por D. DIEGO TORRES Y D. IÑAKI URDANGARIN por este evento, la suma global presuntamente desviada de los fondos públicos es de 717.326 €". Ello incluye la cantidad que "D. IÑAKI URDANGARIN, Presidente del INSTITUTO NOOS, a través de una entidad mercantil de su propiedad denominada AIZOON SL, facturó al INSTITUTO NOOS por "Gestión de la logistica del lB FORUM" la cantidad de 116.000 €".

Es decir, que la instrucción del caso considera 'desvío de fondos públicos' la cantidad facturada por Iñaki Urdangarín en concepto de sus honorarios en el Illes Balears Forum, equivalente a un 10% del contrato global cifrado en 1,2 millones aproximadamente, porcentaje que me parece más que razonable para un socio. De otro modo significaría que habría trabajado 'gratie et amore' para el desarrollo de políticas públicas de Mallorca.

Es por este motivo que el delito imputado de malversación de fondos públicos es más que discutible y, sin duda, va a ser de los primeros en caer a la que el juez, con mayor 'juicio' que los instructores, le eche un vistazo, al menos en lo que a lo comentado se refiere. Puro sentido común.