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El Barça y Valero Rivera rinden homenaje a los valores deportivos y personales de Iñaki Urdangarin

sábado, 27 de abril de 2013

Hoy el FC Barcelona de balonmano ha remontado cinco goles en contra en la eliminatoria de cuartos de final de la Copa de Europa y se ha metido en la final four (lástima que haya tenido que ser ante otro equipo español, el At. de Madrid), rememorando ese grandioso Dream Team de los años 90 que dominó el Viejo Continente, con Valero Rivera de entrenador e Iñaki Urdangarin como principal punta de lanza, respectivamente el mejor entrenador y el mejor jugador de la historia del balonmano.

A pesar de todas las presiones extradeportivas, el FC Barcelona de Sandro Rosell ha sabido mantener su independencia de la orda linchadora procedente de las más lejanas llanuras de Mongolia, que invade España desde hace un tiempo pidiendo que el Barça retire la camiseta con el número 7 de Urdangarin del Palau Blaugrana, y que dice muy poco en favor de la inteligencia de las personas que forman parte de esta sociedad, absolutamente entregada a ese Gengis Khan que viene del otro lado de El Mundo.

No podemos olvidar el espíritu guerrero y agradecido de Valero Rivera, un gran hombre que no sólo es el mejor entrenador de balonmano de la historia de este deporte por palmarés, sino que además ha sabido anteponer los valores humanos, el amor, a las presiones mongolas. Valero hizo de Iñaki no sólo el mejor balonmanista de la historia, sino también un gran hombre de espíritu y valores trabajadores.

Un documento desmiente que la Infanta Cristina 'permitiera' a Nóos facturar a Telefónica

domingo, 7 de abril de 2013

Crédito: Efe / Andreu Dalmau

Las oscuras intenciones de la defensa de Diego Torres aportando emails que presuntamente justifican que la Infanta Cristina permitió "cobrar a Telefónica 178.000 €" faltan a la verdad y tergiversan mezquinamente la realidad. La relación del Instituto Nóos con Telefónica se remonta como mínimo al 2003, en que se elaboró una detallada propuesta de patrocinio que se muestra a continuación, que fue la base para elaborar las propuestas y convenios más concretos que constan en sumario, y las correspondientes facturas. El documento nos aporta información bien relavante como:

1.- Incluye una presentación del Instituto Nóos, en que no aparece referencia alguna al cargo de la Infanta en la Junta Directiva ni al cargo público de Urdangarin (incluye eso sí una foto que parece estar sacada de la oficial de La Zarzuela).

2.- Su elaborado detalle indica que sea como fuere que se contactó con Telefónica fue necesario explicar quien era Nóos, hecho que demuestra que no fueron contactos a nivel político ni institucional los que facilitaron la contratación.

3.- Determina exactamente las tareas que se repartían ambos socios, haciendo trabajo efectivo de consultoría. Eso para quienes aseguran que Urdangarin no "trabajaba" realmente.

4.- A diferencia de SAR la Infanta Cristina, la esposa de Torres sí aparece entre el grupo consultor, como así hemos declarado todos los testigos del caso, y que desmiente la aseveración de la defensa de Torres de que la función de su esposa era equivalente a la de su socio. Nunca ningún trabajador de Nóos vio a la Infanta, oyó hablar de ella ni conocían en muchos casos su presencia como vocal en la Junta Directiva del Instituto Nóos (del documento se han tapado los nombres de otros excompañeros y colaboradores de ESADE cuya exposición pública ha sido injusta e incluso delictiva, al publicarse en muchos casos sus emails y teléfonos personales). Ello es bien relevante por cuanto en juez Castro incorpora este elemento en su auto de imputación de la Infanta Cristina.

5.- El monto al que se refiere el documento, es muy superior a los 178,000 € que supuestamente 'ayudó' a conseguir la Infanta Cristina según D. Torres. La relación de Nóos con Telefónica fue intensa, profesional, bien justificada siempre y en absoluto vinculada a SAR Cristina de Borbón. Ello no quita que el hecho de aparecer I. Urdangarin en primer luegar en el folder de presentación, perseguía efectivamente un efecto de marketing, pero el mismo que siempre usó D. Torres usando la marca ESADE o UOC (con quien creó una empresa antes que Nóos).

6.- Por motivos que desconocemos incluso quienes más conocemos a D. Torres, siempre optó por la vía rápida de apoyarse en marcas ya consolidadas (en este sentido es el rol que juega la "marca Urdangarin" en su proyecto de Nóos que le vendió siendo profesor suyo en ESADE) o bien en técnicas y autores de prestigio internacional en consultoría, cuando su extraordinaria inteligencia le hubiera podido ir por una vía más lenta pero más sólida de ser un experto español internacional en el área que hubiera querido del marketing estratégico. Lo vemos en los modelos y esquemas a los que se refiere en el documento, así pues queda evidente el interés que tuvo en captar a I. Urdangarin como "marca". En el caso que nos ocupa, debemos preguntarnos que, si realmente la Infanta asistió al evento del Foro de Reputación Corporativa (fRC) de 2007, ello fuera idea precisamente de D. Torres.

7.- Los precios hora que se manejaban en Nóos siempre fueron de mercado, incluso algo por debajo (ambos socios valoran su hora en 240 €, cuando era habitual en las grandes consultoras precios de entre 300 y 500 €/hora).

8.- El fRC es una de las muchas "capillitas" del mundo de la Responsabilidad Social (que actualmente se llama Corporate Excellence), que agrupa a los directores de reputación corporativa, marca o RSC de las principales empresas españolas. Es por ello que fue Telefónica quien presentó a Nóos en el mismo, en el marco de la exposición de sus logros en patrocinio deportivo. No fue pues la Infanta Cristina quien en absoluto permitió a Nóos facturar por ello.

9.- Los responsables de Telefónica con quienes siempre se relacionó Nóos, tanto en 2003, como en 2007, como ahora, siguen siendo los mismos. Es por ello que es absolutamente falso que la Infanta sirviera de reclamo alguno para ese acto en el fRC. Nóos obtuvo de Telefónica ingresos muy superiores a esos presuntos 178.000 € que D. Torres atribuye a la Infanta Cristina.

10.- A pesar de 80 testigos que hemos asegurado desconocer actividad alguna de la Infanta en Nóos, a diferencia de la evidente que tenía Ana M. Tejeiro (que incluso tenía poderes de administración y firmas libradoras en bancos), el juez se refiere de forma absolutamente arbitraria y falsa al rol de la Infanta para imputarla, a pesar de los testigos y con el único argumento de las mentiras de Manos Limpias, la acusación particular, que nunca preguntó a los testigos nada distinto a si "vio Vd. alguna vez la Infanta Cristina". Los emails de Torres certifican el pacto entre el sindicato franquista y el académico.

11.- Finalmente, se puede observar como Nóos sí colaboró en los inicios de la candidatura de la Copa América, que Barberá siempre ha desmentido.

Propuesta de Nóos a Telefónica en 2003 by Nóos Confidencial

El Mundo admite formar parte del 'Tea Party' español contra la Monarquía

lunes, 5 de marzo de 2012

En la editorial de ayer de El País podíamos leer: "Pero solo la frivolidad, el populismo y el amarillismo periodístico, o la mezcla de los tres, permiten confundir la crítica que merece el comportamiento no ejemplar de Iñaki Urdangarin con un debate sobre el futuro de la Monarquía". Toda una caricia a El Mundo, que ha elevado el caso Urdangarin a caso contra la Monarquía.

En el programa de Antena 3, Espejo Público, de esta mañana, conducido por la periodista Susanna Griso, el representante de El Mundo en una tertulia, Esteban Urreiztieta, ha sido interpelado sobre el uso que hacen determinados medios del caso Urdangarin para atacar a la Monarquía. Lo cierto es que su respuesta no podía ser más aclaratoria: "el único que ha vinculado el tema ha sido Urdangarin con...", o sea, balones fuera y aceptación implícita de su línea editorial contra la Monarquía.

O sea que, además de la evidente pertenencia del sindicato ultraderechista Manos Limpias, que no ha tenido rubor alguno en actuar de parte acusatoria ante el caso Nóos para solicitar constantemente la comparecencia, ya sea en calidad de testigos o imputados, de personas vinculadas con la Casa Real, ya tenemos pues otra pieza de este Tea Party español contra la Monarquía que vamos descubriendo poco a poco, por si teníamos alguna duda.

Nos falta lógicamente la pieza esencial del Tea Party español, la pieza política, que está claro que no corresponde íntegramente a ningún partido político en concreto a la vista de tanta ovación al rey en la apertura de la X Legislatura del Parlamento el pasado 27 de diciembre. Tampoco el Tea Party estadounidense es un partido político al uso. Pero a buen entendedor, pocas palabras faltan, y sino, tiempo al tiempo que se descubrirá solito.

Exclusiva: Eduardo Inda de El Mundo miente sobre Urdangarin

miércoles, 22 de febrero de 2012

Captura 2005 URL:
www.illesbalearsforum.org/cas/fichatecnica.php
La credibilidad de un periodista se mide, lógicamente, por lo que dice y escribe, resultado último de su trabajo, y ello no es banal en el caso Nóos. Eduardo Inda, director adjunto de El Mundo, el que se autoproclama como el que destapó el caso Urdangarin, mintió en el reportaje de Antena 3 el pasado lunes 21 en el programa Equipo de Investigación, llamado "Caso Urdangarin". En este documental afirmó que nunca existió la web del Illes Balears Forum, la web de las dos cumbres que el Instituto Nóos organizó en Palma de Mallorca.

Pues bien, lo cierto es que con unos pocos conocimientos de Internet hemos podido acceder fácilmente a rastros de la web www.illesbalearsforum.org en la red entre el 25 de noviembre de 2005 y el 27 de enero de 2007 como mínimo, fechas la primera correspondiente con la finalización de la cumbre de 2005, y la segunda posterior a la finalización de la segunda de 2006 (fuente: www.archive.org).

Las capturas que se incluyen son sólo algunas de las encontradas, pero son páginas que corresponden tanto a contenidos estáticos (ficha legal) como dinámicos (actualidad). Incluso hemos encontrado un banco de imágenes de la edición de 2006, así como incluso la página del Observatorio Permanente de Deporte y Turismo que también se ha afirmado que fue un trabajo que no se hizo (al menos, en la web sí existía).

Como principal periodista que, recibiendo filtraciones ilegales, iba informando sobre un sumario teóricamente secreto con cuentagotas, y fue referencia en el resto de la prensa, podemos preguntarnos sobre el rigor, credibilidad e intenciones últimas de Eduardo Inda en la prestación de su labor periodística. ¿Cuántas más mentiras, tergiversaciones y manipulaciones hizo, ha hecho o está por hacer?

Seguramente no es un caso aislado, pero sí todo un síntoma del grado de profesionalidad con que ciertos medios están abordando el caso Urdangarin, y cómo han promovido un juicio paralelo a todas luces más propio de la Edad Media que del s. XXI, más propio de un estado dictatorial que de uno de derecho, y que nos advierte sobre posibles intenciones ocultas detrás del caso Urdangarin.

Captura 2006. Noticia de actualidad. URL:
http://www.illesbalearsforum.org/cas/actualidad_detalle.php?idnoti=25

Captura 2006: Banco Fotográfico. URL:
http://www.illesbalearsforum.org/cas/bancofotografico.php

Captura año desconocido: Ficha legal. URL:
http://www.illesbalearsforum.org/cas/informacion_legal.htm

Captura 2006: Observatorio. URL:
http://www.illesbalearsforum.org/cas/index_observatorio.php

Manos Limpias se ensucia al pedir la imputación de la Infanta Cristina

jueves, 16 de febrero de 2012

Foto: Casa Real
Manos Limpias ha pedido al juez Castro que impute a la infanta Cristina, igual sabe perfectamente y de eso se aprovecha que en este caso las imputaciones ya se han repartido sin base jurídica alguna: enviar un fax, figurar como administrador de paja en una sociedad o emitir las facturas que le dicta un jefe. Bajo este prisma es lógico que el sindicato se apunte al tacticismo fácil.

Cualquier persona con algo de criterio y Mente Limpia de prejuicios y con pensamiento propio (o sea, no inoculado por los tabloides amarillistas) sabe que aunque por un lado Cristina de Borbón se beneficiara de los ingresos del Instituto Nóos a través de su participación del 50% en la sociedad Aizoon, SL junto a su esposo, ello fue de forma indirecta, circunstancial y casual, por el otro su presencia directa en la toma de decisiones y el día a día de lo que sea que pasara o pudiera pasar en el Instituto Nóos es absolutamente irrelevante, y esto no es una opinión, sino una evidencia de los testimonios recabados por la instrucción.

Si ya hay imputaciones de ciencia ficción, sería de Star Trek citar en calidad de imputada a la esposa de Iñaki Urdangarin sólo para acallar las vociferaciones de la muchedumbre sedienta de sangre, pan y circo. Pues sólo tienen a su favor que era socia de una de las sociedades del grupo Nóos, pero ha quedado más que demostrado por las declaraciones de 68 testigos exempleados del Instituto Nóos y varios imputados que nunca estuvo en las oficinas y que nunca asistió a ninguna junta directiva de la asociación aunque figurara como vocal en ella (de hecho por lo que parece ni existían estas juntas de forma real, y el órgano de gobierno era el comité directivo, del que no formaba parte).

O sea, a un lado del ring, el de Manos Limpias, suciedad que no sustenta la imputación, al otro lado del ring, el de Mentes Limpias, la realidad de que nunca tuvo que ver con el día a día de Nóos. Es por ello que me parece amarillismo y pan y circo la solicitud de su imputación, aunque ciertamente pienso que debería declarar en calidad de testigo como han hecho otras personas, y creo sinceramente que así terminará siendo.

Guía alternativa para comprender el caso Nóos y Urdangarin

martes, 14 de febrero de 2012

Si ha habido un caso judicial con tergiversaciones constantes este es sin duda el caso Nóos. Desde el punto de vista de Urdangarin, el caso se enmarca temporalmente entre los años 2002-03, cuando creó junto a su socio Diego Torres la mercantil Nóos Consultoría Estratégica, SL y la Asociación Instituto Nóos para la Investigación Aplicada, y el año 2006 cuando rompería con su socio, aunque seguiría siendo miembro de un comité asesor de la Fundación Cultural, Deporte e Integración Social (FCDIS) durante cerca de un año más.

La tergiversación periodística

Por el camino han quedado titulares de prensa relacionados con proyectos desarrollados por Nóos como los siguientes:

-"El Instituto Nóos cobró 1,2 millones de euros por dos días y medio de conferencias". FALSO. En primer lugar no eran conferencias sino cumbres de expertos a los que asistían entre 100 y 175 personas invitadas por su renombre internacional. Las cumbres además no eran sólo de dos días y medio, sino que su preparación requería de entre 6 y 10 meses de preparación. Por ese periodo de tiempo se cobraba.

- "El Instituto Nóos cobró 382.000 euros por unos Juegos Europeos que no se celebraron". FALSO. Tampoco los Madrid 2016 se celebraron y no por ello se imputa por delitos a quienes cobraron de la preparación de la candidatura. Nóos firmó un convenio de 6 millones de euros para la elaboración de una precandidatura de Valencia para unos Juegos Europeos olímpicos cuya creación además había que impulsar. Personal de Nóos estuvo trabajando en ellos y la empresa Lobby Comunicación realizó sus trabajos de estudio por los que emitió una factura de algo más de 200.000 € a Nóos. Por lo tanto no cobró por unos juegos que no se celebraron sino para conseguir que se celebraran y fuera en Valencia. Simplemente no salió, como Madrid 2016, y finalmente cobraron una parte de los 6 millones, los correspondientes a la fase de estudio.

- "Urdangarin desvió fondos públicos para decorar sus viviendas de Barcelona y Washington". FALSO. Una vez quien sea que factura por unos servicios a una administración pública, esos fondos dejan de ser públicos para pasar a ser privados. De no ser así todo el funcionariado o profesorado público serían 'desviadores' de fondos públicos.

Y podríamos encontrar algunos otros casos de tergiversaciones periodísticas cuyo único fin era engañar a la opinión pública, ya sea por motivos ideológicos o bien intereses políticos, y en algunos casos simplemente incompetencia periodística.

Para empezar a comprender el caso hay que entender que estamos ante un caso instruído por la vía penal, que comporta penas muy graves de prisión, con cuatro delitos imputados muy concretos. La prensa  en cambio ha ido llena de contenidos periodísticos que nada tienen que ver con el caso: ética, derecho civil, mercantil o administrativo, contratos con empresas privadas, notas de instituto de Urdangarin, y tantas y tantas informaciones que sólo pretendía una cosa: empañar la reputación de unas personas imputadas pero no juzgadas. Así pues para analizar el caso hay que circunscribirse al entorno de la vía penal, da igual que el Instituto Nóos tuviera ánimo de lucro, o incluso da igual para el caso penal que Urdangarin usara sus contactos como miembro de la familia real.

Los cuatro delitos imputados por la vía penal

1.- Prevaricación. En esencia se basa sobre indicios de concesión de contratos 'a dedo' por parte de las administraciones, caso en el que se considera culpables por igual a contratante y adjudicatario. FALSO. Lo cierto es que es fácil de entender que si el Instituto Nóos tuvo una idea y la presentó a los gobiernos de Valencia o Illes Balears, éstos no tenía porqué convocar un concurso para una idea que era de Nóos. Para ello las administraciones disponen de dos herramientas: el convenio de colaboración y el patrocinio público. La discusión está en cuál de las dos herramientas se usó, pero lo cierto en cualquier caso es que no hubo 'contratos a dedo' algunos.

    Foto: Juez Castro (Diario de Mallorca)
2.- Malversación de fondos públicos. Para comprender esta imputación hay que contemplar que también se aplica tanto a contratantes (gobiernos) como adjudicatarios (Nóos en este caso). La instrucción mantiene que del importe total del convenio, p.e. alrededor de un millón de euros para el caso de los Valencia Summit y algo más, 1,2 millones, en Illes Balears Forum, no se ha podido justificar vía facturas el importe conveniado o patrocinado. Por lo tanto mantienen que si se pagó un millón, y vía facturas Nóos sólo ha podido justificar unos 600.000 €, la diferencia es un importe 'defraudado', o malversado. FALSO. Es fácil de entender para cualquiera que intente emprender un negocio añade a los costes un margen, más aún para eventos como las cumbres que fácilmente podían tener desviaciones de entre 150.000 o 200.000 euros por motivos varios. Por lo tanto la instrucción del caso y el juez Castro parece que no entienden todavía que Nóos tenía que tener un margen o beneficio, como cualquier empresa (ahí hay que decir que igual les despista el hecho que teóricamente era una  asociación sin ánimo de lucro). Más aún, en el caso que el presupuesto real hubiera superado el previsto, hubiera corrido a pérdidas de Nóos, sin poder cobrarlo a las administraciones. ¿Por qué pues si hubo ganancias tenía que retornarlo a las mismas?
    Foto: Santi Cogolludo (El Mundo)
3.- Falsedad documental. Aunque originalmente se dirigía a la supuesta existencia de facturas falsas de terceros, ante la inexistencia de las mismas se ha centrado en las facturas cruzadas entre las empresas del grupo Nóos, entre  ellas y con el Instituto. Las facturas cruzadas, que la instrucción llama falsas, se presentan pues como el principal indicio de delito. Éste en si mismo no tiene importancia alguna a menos que se produzca alguna ganancia o pérdida por alguna parte. FALSO. Éste presunto delito está estrechamente vinculado con el siguiente.

4.- Fraude fiscal. El principal indicio de presunto fraude fiscal es que el cruce de facturas entre empresas del grupo Nóos y con el Instituto perseguían como objetivo el aumento del gasto fiscal y reducir así el beneficio y el correspondiente pago de impuestos. FALSO. Imaginemos para mejor comprender este punto 6 vasos de agua, correspondientes a las 6 mercantiles del caso, y una jarra de agua, simulando el Instituto Nóos. El jarro de agua está lleno, y de ahí se reparte el agua entre los distintos vasos. Entre algunos vasos se intercambia agua, de modo que de un vaso pasa a otro, y así muchas veces. Dado que no hay ningún vaso con ningún agujero (o sea, ninguna empresa con pérdidas), el agua total sigue siendo la misma que al principio. Así pues pagamos de 'impuesto sobre el agua' (o sea, impuesto de sociedades), lo mismo que si estuviera todo en el jarrón únicamente, por más que cambie de vaso.

En resumen, que los principales indicios sobre los que se sostienen los cuatro supuestos delitos imputados por la vía penal a los socios y otras personas vinculadas con Nóos resultan especialmente débiles. Está claro que para cada posible delito hay otros indicios (como en fraude fiscal el supuesto envío de dinero al extranjero, pero que según mis fuentes de excompañeros estaría ya fuera del periodo temporal en que estuvo Urdangarin vinculado), pero todos de menor calado. Hay pues una forma alternativa de aproximarse al caso Nóos, y es la que he contado.

    El millón pagado a Instituto Noos en Valencia no era neto

    viernes, 3 de febrero de 2012

    En la línea de las tergiversaciones periodísticas, el convenio de colaboración (que no contrato de entrada) entre el Instituto Nóos por una parte, y  Ciudad de las Artes y de las Ciencias, SA (CACSA) y Fundación Turismo Valencia Convention Bureau (FTVCV) de la otra el 8 de septiembre de 2004, ha sido también objeto de valoraciones un tanto exóticas.

    Por un lado un medio asegura que Hacienda "nunca había visto 'contratos' (sic) como los de Nóos, y que "los investigadores apuntan que la fórmula usada en los convenios es inédita". Sigue apuntando que en el sumario se especifica que "los redactores del presente informe (con muchos años de servicio en su actividad profesional) jamás se han encontrado con un supuesto como el contemplado", y añaden de cosecha propia los periodista que "la fundación Turismo Valencia Convention Bureau y la Ciudad de las Artes y las Ciencias eligieron la fórmula del convenio de colaboración para la celebración de tres foros sobre turismo y deporte, y otorgaron al Instituto Nóos un canon limpio de 1.044.000 euros por cada edición".

    De entrada hay que comentar que el canon no era de 1.044.000 euros, sino de 900.000 € (IVA excluido). Tampoco era un 'contrato', sino un convenio de colaboración. Por el resto cualquiera puede leer el convenio y darse cuenta que no contiene ningún tipo de cláusula 'anormal'. El convenio establece un canon para Nóos de 900.000 €, y especifica las partidas de gasto que quedan a cargo de las entidades 'colaboradoras' (que no contratantes): alojamiento, viajes, alquiler salas, audiovisuales, mobiliario, cátering reuniones, cátering cena de gala, cartelería, decoración floral, iluminación, decoración salas, acreditaciones y ambientación musical, es decir, todo lo referido a las partidas in situ, que suman un valor de 265.205 € (más IVA). Estos importes se facturan directamente a las entidades colaboradoras, CACSA y FTVCV por parte de las entidades prestatarias.

    El que define como canon "limpio" es de 900.000 € + IVA que debe cubrir todo el resto de gastos vinculados al evento, básicamente vinculado con el personal de Nóos (logística, administración, captación ponentes, relación ponentes, página web, productos editoriales resultantes, relatorías, etc.) y trabajos subcontratados (prensa y comunicación o dirección científica por ejemplo). Es innegable que el contrato es lucrativo, a este nivel está claro que nadie habla de ausencia de ánimo lucrativo, pero también es innegable que el canon no es limpio sino que incluye una serie de gastos inherentes, que a grosso modo podría estar entre los 350 y 500.000 €. Luego queda remunerar a los socios y principales referentes del evento, Diego Torres e Iñaki Urdangarin (y de ahí las famosas facturas de empresas como Aizoon a Instituto Nóos por la retribución de Urdangarin), así como la parte correspondiente a beneficios, que podrían rondar los 200-350.000 €.

    Por el resto se menciona la sorpresa de que Instituto Nóos no tenga que justificar sus gastos, que esencialmente son internos, lo cual no deja de sorprenderme a mi dicha sorpresa. Convenios como este son los habituales mire como se mire (sin entrar en discusiones sobre si los 900.000 eran mucho o poco). El cliente firmó por un producto llave en mano por un determinado importe que aceptó. No entiendo donde está el lío con dichos convenios. Sólo las malas intenciones, la voluntad de causar daño a las partes, la tergiversación periodística (y no periodística) y, acaso, el desconocimiento del funcionamiento del sector de los eventos por parte de Hacienda y la instrucción del caso, pueden generar el debate que todo esto ha generado. Puro sentido común y ausencia de malas intenciones.

    El Instituto Nóos disponía de una amplia red de expertos internacionales

    jueves, 2 de febrero de 2012

    El Comité Directivo del Instituto Nóos estuvo siempre formado por expertos internacionales, hecho que confirma la capacidad técnica y científica de la empresa para reclutar a expertos de talla internacional, a diferencia de lo que algún medio sensacionalista ha puesto en duda, afirmando que "más que disponer de un plantel de investigadores y científicos, contaba con cerebros en ingeniería financiera y fiscal, expertos en captar fondos públicos a través del Instituto Nóos para beneficio de Urdangarín y su socio".

    Este es un episodio gratuito más de voluntad de desprestigio no basado en hechos objetivos. La constante colaboración del Instituto Nóos con expertos internacionales me consta como excolaborador, y así fue por ejemplo en el Valencia Summit 2004 al que puede asistir.

    En el Comité Directivo que figuraba en la página web, sobre el que ciertamente el Instituto Nóos se respaldaba para dar mayor imagen de legitimidad, contaba con personajes tan relevantes como Michel Fiol (HEC Grande École), José Hartasánchez (ITAM, México), Emilio Herbolzheimer (Henley Management College), Tony Meenaghan (University College Dublin), Ezequiel A. Reficco (Harvard Business School), Luis Vives (Massachusetts Institute of Technology) o Carlos Rufin (Babson College), que lógicamente no figuraban 'sin permiso' en la página web.

    Esta extensa red de contactos le permitía al Instituto Nóos captar para las cumbres de Valencia y Baleares (en  este caso al menos la del 2005), expertos de talla internacional que aportasen su conocimiento al territorio para desarrollar sus políticas públicas (no sólo hay que medir lo que cuesta una cumbre sino también el retorno por la vía del conocimiento generado, no era pues un gasto sino una inversión).

    Que Diego Torres e Iñaki Urdangarin ahora 'caigan mal' a ciertos medios y a la opinión pública, e incluso que pudieran existir indicios de delito (porque de 'evidencias' todavía no he encontrado en el sumario), no implica que se tenga que mentir sobre la actividad que desarrollaban.

    Diego Torres alquiló su propio velero a la Fundación DCIS

    martes, 31 de enero de 2012

    El 20 de abril de 2011 la sociedad Octium, SL, administrada por la esposa de Diego Torres, Ana Tejeiro, firmó un contrato de arrendamiento con la Fundación Deporte, Cultura e Integración Social (FDCIS) por una embarcación de nombre Octium y matrícula 6ª BA-2-15-11, marca Elan. Por parte de Octium, SL firmaba Ana Tejeiro (la esposa), por parte de FDCIS Diego Torres como presidente.

    Según consta en contrato el objeto de dicho alquiler era el programa Velas por la Vida, programa llevado a cabo conjuntamente por la FDCIS y Asociación Junts en Acció para acercar al mundo de la vela a personas con discapacidad.

    El mismo día Miguel Tejeiro en nombre de FDCIS cedía el uso particular a Diego Torres. Lo cierto es que el titular de agencia ya era algo sesgado ("Diego Torres se benefició de una embarcación alquilada por la Fundación de Discapacitados que preside"), podemos imaginar como derivó el mismo en otros medios que difundieron la noticia de agencia. La cuestión es que la noticia no es falsa, simplemente una media verdad, como tantas otras en este caso.

    El velero en cuestión es el velero particular del matrimonio Torres-Tejeiro, luego Diego Torres alquiló su propio velero a la fundación DCIS para llevar a cabo el proyecto Velas por la Vida, y se guardó su uso para cuando no fuera usado por el proyecto. Además, esta página de la web de la empresa nos muestra como el proyecto también es asumido como propio por Octium, SL. Vemos en ella también como el objeto último de Octium, SL no es el alquiler de embarcaciones, sino ser "un centro de investigación que quiere servir de foro de análisis y discusión sobre las estrategias de patrocinio, mecenazgo y acción social". El alquiler de la embarcación pues era una actividad adicional, no principal, de la sociedad.

    Pero lo más lamentable de la cuestión difundida ampliamente en prensa no es su contenido, sino su motivación, pues ¿qué tiene que ver con el caso instruido por la vía penal? Su único objetivo es el sensacionalismo y amancillar la reputación de uno de los imputados, como tantas y tantas otras noticias que tampoco tienen nada que ver con la instrucción.

    ¿Qué eran los Juegos Europeos del Instituto Nóos?

    lunes, 30 de enero de 2012

    Los Juegos Europeos fueron una iniciativa propuesta por el Instituto Nóos al gobierno valenciano. Cualquier acusación de "adjudicación a dedo" huelga decir pues que es sensacionalista y malintencionada, ¿o acaso la Generalitat tenía que poner a 'concurso público' una idea de Nóos? Para ello están herramientas como el convenio o el patrocinio público, que son las que se usaron.

    De hecho, según consta en la declaración de Miguel Zorío, representante de la firma Lobby Comunicación, la idea de unos Juegos Europeos fue suya y trasladó al Instituto Nóos un estudio de viabilidad, y conjuntamente presentaron el proyecto a la Generalitat.

    En el caso que se hubieran llevado a cabo, el convenio fija una retribución para el Instituto Nóos de 6 millones de euros. Dado que se llevaron a cabo trabajos previos de estudio de viabilidad, Nóos llegó a cobrar 382.000 € por dicho concepto. No son ciertas pues afirmaciones como que "Nóos cobró por unos Juegos Europeos que nunca se celebraron". Cobró por los estudios de viabilidad, que además fueron en parte fueron llevados a cabo por la empresa valenciana Lobby Comunicación, tal y como consta en sumario, además del hecho que desde Nóos hubo al menos un consultor encargado de su estudio (que elaboró un informe de unas 300 páginas según su declaración). La cantidad cobrada pues está plenamente justificada, aunque se pueda discutir si fue mucho o poco. Pero tratándose del tipo de este evento no parece exorbitado.

    Finalmente los Juegos Europeos no llegaron a celebrarse por, según consta en la declaración de Miguel Zorío, los siguientes motivos:

    "1º- Que la presentación pública inicial fue un error debido a que no se había obtenido autorización previa del COI, lo que provocó reticencias y obstáculos por parte del COI.
    2º- Las divergencias y diferencias de criterio entre el Instituto Nóos y la Generalitat Valenciana, ya que el IN entendía que era un proyecto "llave en mano" y por lo tanto no tenía que justiticar el destino de los fondos públicos que recibía, mientras que la asesoría jurídica de la Generalitat entendía que el IN debía de justificar mediante la presentación de las contrafacturas cada euro que recibía de los fondos públicos, motivando esto que la relación entre ambos deteriorara y el proyecto finalizó."

    El primer punto se refiere a que no se contaba con el apoyo del COI, lo cual de hecho no es exacto pues precisamente formaba parte del encargo el conseguir la complicidad del mismo. Se ha publicado en prensa que tampoco contaba con el apoyo del responsable de las federaciones europeas "por ya existir campeonatos a nivel europeo". Huelga decir que también existen campeonatos a nivel mundial que también 'compiten' com los Juegos Olímpicos, y ello no es un problema. Así pues, precisamente parte del encargo era negociar todos estos asuntos a partir de los contactos de Iñaki Urdangarin en el mundo del deporte. La cuestión es que simplemente no llegó a buen puerto, pero ello no significa que no se trabajara para ello, por lo tanto, como cualquier trabajo, tiene que cobrarse. Así pues, si los Juegos Europeos eran "imposibles" como se ha afirmado en prensa, lo fueron después de los trabajos de intermediación y estudio de viabilidad.

    El segundo punto tiene mucho que ver con lo comentado sobre las cumbres: si se presenta una propuesta a una administración con un determinado presupuesto y es aceptado, el contratante asume el riesgo de que el coste final pueda ser superior, no correspondiendo como se ha dicho que si es inferior tenga que devolver dichas cantidades a la administración, lógicamente. Pero parece que en este caso sí quiso la Generalitat incluir dicho aspecto en la negociación, a diferencia de las cumbres.

    Aizoon no desvió dinero público sino que facturó los honorarios de Urdangarin

    domingo, 29 de enero de 2012

    Hemos podido leer con asiduidad que los Duques de Palma habían reformado su palacete de Barcelona o su mansión de Washington con "dinero público desviado" (sic) a través de Aizoon, la sociedad que comparten a medias.

    Es decir, que las cantidades facturadas a través de Aizoon ya sea al Instituto Nóos o directamente a clientes públicos, siguen siendo 'dinero público'. Lo cierto es que bajo este prisma deberíamos asumir que todo el profesorado de la escuela pública, el funcionariado o incluso todas las empresas que facturan al sector público están 'desviando dinero público'. Ello es sólo una forma de ver la perversión bajo la cuál se mide el caso y, en especial, el supuesto y más que discutible delito imputado de malversación de fondos públicos.

    En el momento en que una empresa, sea o no de Iñaki Urdangarin (porque tiene también derechos además de obligaciones), factura al sector público, ese dinero deja de ser público para pasar a ser privado. Y en ese momento quienes son propietarios de ese dinero privado, propio, puede destinarlo a lo que desee. Pero parece que esta lógica aplastante no les es concedida a los Duques de Palma.

    Según el anexo 48 del sumario del caso "Si sumamos la cantidad no justificada, más las facturas presentadas no imputables al objeto del convenio, más las cantidades cobradas por D. DIEGO TORRES Y D. IÑAKI URDANGARIN por este evento, la suma global presuntamente desviada de los fondos públicos es de 717.326 €". Ello incluye la cantidad que "D. IÑAKI URDANGARIN, Presidente del INSTITUTO NOOS, a través de una entidad mercantil de su propiedad denominada AIZOON SL, facturó al INSTITUTO NOOS por "Gestión de la logistica del lB FORUM" la cantidad de 116.000 €".

    Es decir, que la instrucción del caso considera 'desvío de fondos públicos' la cantidad facturada por Iñaki Urdangarín en concepto de sus honorarios en el Illes Balears Forum, equivalente a un 10% del contrato global cifrado en 1,2 millones aproximadamente, porcentaje que me parece más que razonable para un socio. De otro modo significaría que habría trabajado 'gratie et amore' para el desarrollo de políticas públicas de Mallorca.

    Es por este motivo que el delito imputado de malversación de fondos públicos es más que discutible y, sin duda, va a ser de los primeros en caer a la que el juez, con mayor 'juicio' que los instructores, le eche un vistazo, al menos en lo que a lo comentado se refiere. Puro sentido común.

    El sinsentido de hablar de 'contratos a dedo' para el Instituto Nóos

    jueves, 26 de enero de 2012

    A veces un sentido común vale más que mil leyes. Si tenemos una idea y se la presentamos a un gobierno o administración, ¿ésta va a tener que hacer un concurso para llevar a cabo nuestra idea?

    Pues esto es lo que significa "contratos a dedo" en el caso Nóos para la instrucción del caso y, especialmente, buena parte de los medios. Precisamente para estos casos existen los mecanismos de convenios y patrocinios públicos, pues de lo contrario simplemente no se haría nada, que es lo que se hizo en los casos de las tres ediciones de los Valencia Summits y las dos del Illes Balears Forum.

    Las cumbres de expertos del Instituto Nóos eran eventos que formaban parte de la agenda en políticas públicas para el desarrollo de las ciudades y comunidades autónomas donde tuvieron lugar y, por ello, tenían un retorno para la sociedad. Y lo fueron a propuesta del Instituto Nóos, no por iniciativa ni idea de los gobiernos. Así pues no corresponde hablar de "contratos a dedo", y con ello hace que sea más que dudoso el delito imputado a los socios de "prevaricación". Lo mismo podríamos decir para los Juegos Europeos u otros casos.

    Las facturas cruzadas entre empresas del grupo Nóos no aumentan el gasto fiscal

    miércoles, 25 de enero de 2012

    Foto: Público.es
    Desde un punto de vista economicista, las facturas que parece que cruzaron las distintas empresas del grupo Nóos, que pueden o no responder a servicios reales -pensemos que quienes trabajábamos para Instituto Nóos teníamos contratos con las distintas empresas del grupo-, podrían corresponder de forma efectiva a imputaciones contables de subcontrataciones entre empresas (yo por ejemplo que estaba contratado por Virtual Strategies, SL colaboraba con ex colaboradores/as contratados/as de otras empresas y a su vez para clientes de alguna otra de las empresas), o bien ser simplemente una forma ficticia de reubicar los ingresos. Entiendo que este es el punto al que se refiere el delito de falsedad documental (o en parte, pues también buscan entre proveedores y externos facturas realmente 'falsas', que dudo que vayan a encontrar, pero nunca se sabe pues no puedo dar fe de la actividad no ordinaria de la empresa).

    En cualquier caso, y ahora opino estrictamente como economista y no como exnóos pues nada tenía que ver con contabilidad en la empresa, el cruce de facturas no es en absoluto una práctica para aumentar el gasto, afirmarlo es un insulto a quienes entendemos de contabilidad o fiscalidad, aunque sea poco como es mi caso. Para entenderlo es como el juego del trilero, la pelotita da igual donde esté, siempre estará bajo alguno de los vasos. O sea, que los ingresos se conviertan en gasto para una empresa, significa necesariamente que se convierten en ingreso para otra, y será ésta y no la otra la que tribute. Así pues, es falso afirmar como hacen algunos medios que era una medida para inflar el gasto.

    ¿Cuál es el problema del cruce de facturas? Pues el único impacto fiscal que puede tener es si dichos ingresos van a una empresa con pérdidas que, al no tener beneficios, no tributa, y globalmente se disminuye la cantidad satisfecha en impuestos. Pero no parece ser este el caso del Instituto Nóos, pues en la época dorada ninguna empresa declaró pérdidas.

    El taxi Barcelona-Girona del Instituto Nóos sí pasa por Palma de Mallorca

    martes, 24 de enero de 2012

    Se ha publicado en prensa, y así consta también en el sumario, que distintos importes y facturas deben ser descontados del evento del Illes Balears Forum 2005 por no corresponder, según criterios de la investigación, a dicha cumbre.

    Una de las referencias que ha usado la prensa para jocosamente referenciar este hecho es la inclusión de un servicio de taxi entre el aeropuerto de Barcelona y Girona, añadiendo que "lógicamente no pasa por Mallorca".

    Lo cierto es que revisando el sumario nos damos cuenta como la usuaria del taxi es una relatora de la cumbre que vive en Girona, que por el motivo que sea (se me ocurren decenas) debió requerir de forma excepcional ese servicio y lo facturó al Instituto Nóos, que se lo pagó. La investigación 'resta' el importe de 126,70€ que costó del total de gastos imputables a la cumbre, como se afanó a contarnos cierta prensa.

    La investigación se justifica con las siguientes palabras: "El pago de los transportes debe ser abonado, si hay un concierto previo, por el que se compromete a hacer efectivo dicho servicio. Significativo es que sólo se pague el taxi a dos personas de todas las intervinientes en el evento balear, por lo que se deduce que es un acuerdo entre éstas y el Instituto Nóos, a modo de favor especial".

    Con concierto o sin concierto previo, lo cierto es que la investigación no parece conocer la casuística múltiple que se da en estos eventos ni la flexibilidad que hay que aplicar para atajarlos. Y con concierto o sin concierto previo, si fue un gasto provocado por alguna situación excepcional (que no parece analizar la investigación) este gasto sí es imputable al evento, como cualquiera que sepa de contabilidad de costes puede aseverarnos, o simplemente pensemos en las dietas que pagan las empresas a sus colaboradores y, por lo tanto, el taxi Barcelona-Girona sí pasa por Mallorca.

    No sería más que una anécdota si no fuera por el eco que tuvo en prensa, y por la más que dudosa 'deducción' de la investigación al respecto, pues una 'deducción' no es una 'prueba' como sabemos, y además se permite añadir que hubo trato de favor. ¿Cuántos casos más de estos habrá? ¿Cuál es la calificación profesional de quienes están investigando todo esto?

    Mención a parte merece el magnificar una anécdota tan insignificante para ilustrar un presunto delito fiscal con implicaciones penales, no olvidemos que es una instrucción por lo penal, pero ya sabemos aquello de los titulares sensacionalistas.