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Desmontando el juicio del Caso Nóos: la gran estafa, punto a punto

domingo, 14 de febrero de 2016

Después de 4 años de dudosa profesionalidad y de interferencias políticas en la instrucción del caso Nóos, y de una semana de juicio efectivo del caso, desgranamos brevemente los principales falsos argumentos jurídicos y pruebas manipuladas.


Matas: "La oficina técnica del equipo ciclista fue un "peaje" para Urdangarin ante la concesión del patrocinio"

FALSO, el equipo ciclista Reynolds-Banesto-Illes Balears-Caisse d'Epargne-Team Movistar es un equipo profesional ciclista español fundado en 1980, inicialmente denominado Reynolds con el patrocinio de la empresa de aluminio y dirigido por José Miguel Echavarri y Eusebio Unzué, en el que militó p.e. Miguel Induráin. Sobra decir que la concesión de la "oficina técnica" no dependía de Matas, y de hecho ya estaba en manos de Nóos con anterioridad, de hecho fue la encargada de buscar patrocinio, el de Illes Balears. Matas pues MIENTE.

Juegos Europeos: "se pagó por unos juegos que jamás se realizaron"

FALSO, los Juegos Europeos (que no se han hecho en su primera edición hasta Baku 2015) requieren de un trabajo previo de años y centenares de contactos, gestiones y estudios. Es absolutamente falso que se pagara por unos "Juegos Europeos" que no se realizaron, la Generalitat Valenciana pagó por los trabajos previos de unos juegos que finalmente desestimó. Faltaría más que Urdangarin y Nóos tuvieran que trabajar gratis. De hecho el empresario Zorío que fue subcontratado por Nóos ha asegurado que denunciará al mal llamado "contable" de Nóos, Marco Tejeiro, por mentir asegurando que la factura era falsa (lógicamente no era falsa, Marco T. MIENTE). Así pues otra mentira, en connivencia con absolutamente todos los medios de comunicación.

El "contable de Nóos": "el 'contable' arrepentido detalla todo el entramado societario y las facturas falsas orientadas a saquear las arcas públicas"

FALSO, primero comentar que no era el contable, que lo era su hermano menor, sino que era el responsable administrativo, el que llevaba los papeles para firmar a Torres y Urdangarin el o los días que coincidían ambos en las oficinas. Hay que decir que no tiene ningún sentido su imputación, es uno de los mayores afectados por esta gran estafa llamada Caso Nóos, ni tenía poderes administrativos algunos y mucho menos firmas en bancos ni nada parecido, a diferencia de su hermana y esposa de Torres, Ana Tejeiro.

FALSO es también que existan facturas falsas: cuando empresas de un grupo empresarial se cruzan facturas lo hacen no sólo a precio de coste (como se creen unos supuestos expertos anticorrupción como el juez Castro o el fiscal Horrach), sino que incorporan un margen de beneficio que de no ser así no tendría sentido económico. Las mercantiles es cierto que facturaban a la asociación Instituto Nóos, porque era quien recibía los fondos por los trabajos hechos de los clientes del grupo. Pero lo que no nos dicen es que una asociación tributa exactamente igual que una mercantil por actividades económicas, por lo tanto eso de "usar una asociación sin ánimo de lucro" esconde un malicioso intento de manipulación.

Así pues no son facturas falsas, sino facturas cruzadas de suma cero: cada factura genera un gasto para una (normalmente la asociación), pero también un ingreso para otra (normalmente las mercantiles), que tributan exactamente igual. Y cada factura incluía, como no, los costes y también un margen de beneficio, que viene a ser a retribución de los socios de esa mercantil, como en cualquier empresa del mundo.

Es pues FALSO que Urdangarin y Torres "usaran las mercantiles para vaciar la asociación Instituto Nóos". Hubieran podido facturar a sus clientes desde una mercantil sin ganar ni perder absolutamente nada. La asociación era un paso previo para una fundación, que requiere de 2 años mínimo para poder constituirse, y siempre viste mejor que una mercantil. Pero más allá de vestidos, no tiene ninguna otra lectura ni impacto.

Entonces, ¿dónde está la ilegalidad de tales facturas cruzadas? ¡No existe ilegalidad alguna! Eso es lo más inaudito de oír de Castro u Horrach, pues dado que todas las sociedades tributaban en el mismo sistema fiscal (España, territorios del sistema común, ni tan solo ninguna tenía sede en Euskadi como sería normal siendo Urdangarin vasco), y ninguna de ellas tenía pérdidas como para poder hacer pensar que cruzar facturas generó algún tipo de evasión fiscal pasando los ingresos a las que tuvieran pérdidas para evitar impuestos (práctica habitual en los negocios, sea dicho).

Las facturas cruzadas de suma cero son las que sostienen el falso delito de "falsedad documental" así como buena parte del de "malversación de caudales públicos", y sólo era una forma de repartirse los beneficios los socios, algo tan legal como trabajar, respirar o vivir.

Infanta Cristina: "no le aplica la doctrina Botín y del mismo modo que la esposa de Torres debe estar imputada al lado de Urdagarin"

FALSO, Ana Tejeiro, esposa de Torres, coincidía con Cristina de Borbón en ser socia de una mercantil junto a su esposo: Virtual Strategies y Aizoon respectivamente. Pero ahí se termina cualquier parecido. Ana T. tenía poderes legales para operar en el día a día, asistía cada día al trabajo y, de hecho, fue la responsable de muchos de los procesos de selección de personal y de asegurar el silencio en el despacho cuando los socios no se encontraban presentes. A Cristina de Borbón nadie la vio y ni tan solo oyó hablar de ella, más allá lógicamente de ser la esposa de un jefe o figurar en laweb en una junta directiva no operativa de la Asociación Instituto Nóos de Investigación Aplicada (el Instituto Nóos en si, vaya). Los argumentos para su imputación responden pues sólo al alineamiento de la defensa de Torres con la acusación popular, Manos Limpias, que persigue objetivos políticos muy concretos (destruir el sistema constitucional español para crear una república presidencialista). La Infanta Cristina pues está imputada únicamente por ser quien es, la justicia pues no es igual para todos (como tanto gusta enfatizar a tertulianos y periodistas mediocres).

Diario El País: "Los socios se repartían los beneficios al 50%"

¡CIERTO! El colmo del ridículo mediático ha sido, aunque cuesta mucho realmente dar ese título a algún medio en concreto, al diario El País que elevó a titular esas palabras vacías de Marco T. De hecho entraríamos en el mundo de lo paranormal que dos socios al 50% no se repartieran los beneficios al 50%.

Urdangarin y la mayor conspiración contra la patria española desde el 23F

jueves, 4 de abril de 2013

Si hace un año la mayoría de la profesión periodística arremetía contra un "delincuente en la Casa Real", un año después ya se han dado cuenta de qué va el llamado "caso Nóos". Entre compañeros saben los problemas que han tenido algunos en investigar según qué cosas, o las órdenes que han recibido "desde arriba" para dejar de perseguir por ejemplo a Camps y Barberá, clientes de Nóos en Valencia como Matas lo era en Baleares (un "ángel caído" por cierto de ya se sabe dónde). Y ni que decir que la Fiscalía también se ha dado cuenta, hemos visto como ya marca claramente distancia con la "acusación popular".

Da igual que 80 testigos, extrabajadores y colaboradores de Nóos, hayan declarado ante el juez Castro que nunca jamás en su estadía vieron a la Infanta Cristina, oyeron hablar de ella o ni tan siquiera sabían que estuviera en la Junta Directiva. Contra las evidencias, han bastado unos emails "por fascículos" absolutamente intrascendentes penalmente de Diego Torres y la insistencia del sindicato franquista Manos Limpias y su entorno mediático (El Mundo) para finalmente acceder a imputar la Infanta. Porque de hecho el juez Castro no ha citado como testigo a la Infanta nunca, a pesar de la evidencia de que todo el mundo vinculado con Nóos hemos sido citados, como lógicamente corresponde.

Pero lo cierto es que, contra toda lógica y la propia Fiscalía, el juez ha elevado directamente a imputada a la Infanta Cristina por unos ridículos emails que tienen más de Mortadelo y Filemón que de pruebas de un caso "serio" instruido por la vía penal.

Antes de llegar a la conclusión, veamos las pruebas (delitos de verdad en algunos casos):
  • Prevaricación del juez Castro, y no por una vez, por dos al menos. A pesar de ser plenamente consciente de la ilegalidad en la que incurre en dictar una fianza de responsabilidad civil por el 100% del monto recibido por prestación de servicios de Nóos a las administraciones balear y valenciana (si por un lado se les acusa de que "algunos gastos" no estarían justificado, lo cierto es que se deduce que "algunos gastos" sí lo estan, por lo tanto nunca procede una fianza por el 100% si ya de entrada reconocen la legitimidad de una parte de los contratos, ello sin tener en cuenta que en absoluto procede un concurso público por un servicio singular que fue idea de Nóos y no de los gobiernos contratantes (no recordamos que en el COI tuviera que ir a consurso por organizar unos JJOO en Barcelona'92). En segundo lugar el caso de la imputación de la Infanta Cristina que comentábamos en la introducción: contra 80 testigos prefiere unos emails intrascendentes y las constantes amenazas de Manos Limpias y la presión de El Mundo.
  • Pacto de Diego Torres con Manos Limpias, quienes hemos declarado ante el juez hemos podido observar con estupor como la única pregunta que prácticamente realizaba la "abogada" (¿tendrá el título realmente?) del sindicato franquista era si "vio Vd. alguna vez a la Infanta Cristina". Torres es consciente que el único elemento que se juzga de auténtico trasfondo penal es la más que supuesta evasión de capitales a Belize, de la cual es único responsable, pues Urdangarin ya había roto de forma efectiva con su socio para entonces tal y como han declarado algunos extrabajadores. A cambio de hacer la vista gorda de Manos Limpias (o por chantaje de la misma, es otra opción más plausible), se ha alineado con el complot contra la Monarquía de este sindicato. Torres sabe además que a Manos Limpias no le interesa en absoluto la justicia, sino sólo cargarse una parte esencial del sistema democrático español.
  • Plagio del sumario de los artículos de Eduardo Inda, director adjunto de El Mundo, quien desde 2006 empezó a escribir sobre lo que a su criterio era una irregularidad, sin importar incurrir en mentiras flagrantes como ya demostramos en este confidencial hace un año. Cualquier extrabajador de Nóos además sabe que el 80% del libro del susodicho es falso o de dudosa interpretación fascinerosa. En cualquier caso Manos Limpias hizo copiar-pegar para presentar sus argumentaciones legales que serían incluidas en el sumario posteriormente. Hay que añadir la inverisimilitud de que "por casualidad" el juez Castro encontrara unas facturas en el "caso Palma Arena" que hacían referencia a Nóos, y abriera la pieza separata número 25. Si el periodista hacía 5 años que escribía sobre ello, es obvio que no fue casualidad, pero está claro que quienes ya saben lo que hacen tenían que vincularlo a un caso lo más grave posible, y qué mejor que el de Matas, ángel caído del círculo del expresidente español, José María Aznar, conocido enesmitado de SM Juan Carlos I.
  • Inconsistencia en absolutamente todas las acusaciones a Urdangarin y su socio, que no tienen fondo penal alguno como ya explicamos (otra cuestión será la ética, moral o incluso picarescas empresariales), y todo se basa en lo que entiende fácilmente la gente como "tráfico de influencias", que no olvidemos que no se les imputa simplemente porque no eran funcionarios públicos, que son los únicos que pueden cometer dichos delitos. En resumen, sigue a rajatabla el "plan para fabricar un complot": inventarse unos cuantos delitos penales (que a los 3 o 5 años terminan archivados) y a partir de ahí se lanza el juicio mediático con memeces de diversa índole.
  • Ausencia total de sustento legal en ciertos imputados, si analizamos los desimputados vemos como simplemente no tenían nada que "ofrecer" en crear puentes entre los socios, en especial en esa época (2006-2007) en que no se sabe con certeza (excepto por los testigos) cuando realmente Urdangarin rompió con Torres. Así pues el "contable" o el "testaferro" siguen inauditamente imputados a pesar de quedar demostrado y atestiguado, nuevamente por 80 testigos, de que nada tenían que ver y menos aún que fueran cerebro alguno y, por lo tanto, que tuvieran responsabilidad alguna en todo esto. Resulta curioso como se ha mantenido a esos imputados en concreto, siendo la acusación que pesa sobre ellos de tan baja legitimidad como la de los desimputados. Pero imputados son más "útiles".
  • El chantaje permitido de Diego Torres al sistema democrático español, pues si en su momento se hicieron los registros para encontrar, entre otras cosas, material informático y documental, este "ordenador" del que emanan tantos emails que por casualidad encontró Torres sigue en sus Manos, al juez Castro no se la ocurrido dictar su confiscación y terminar de una vez con las entregas por fascículos. ¿Si es una prueba material del caso, qué hace en poder de un imputado?
  • Camps y Barberá: los clientes de Nóos olvidados, resulta un tanto inaudito que se acuse de 'prevaricación' a los socios de Nóos cuando para poder estar imputados por ello deben existir funcionarios públicos de alto nivel. Así como nunca se habló de la Infanta Cristina entre los extrabajadores de Nóos, Camps y Barberá, como Matas, eran los habitualmente citados y conocidos como los clientes. Si Matas fue imputado por ello, ¿a qué se debe que en Valencia no haya funcionarios públicos -excepto algunos picateclas- imputados que hubieran podido cometer supuesta prevaricación de la que beneficiarse Nóos?

Si enmarcamos pues el caso en el contexto de corrupción política que se está desatando en todos los colores políticos, vemos como hay intereses en generar sensación de caos e ingobernabilidad, buscando deslegitimar la democracia española ante la mayor parte de la población que, harta de este "caos", se entregará graciosamente a un "Mesías" salvador (ver casos equivalentes de Hitler, Berlusconi, Chávez, Putin, etc.), para así perpetuarse en el poder y destruir la democracia.

El "caso Nóos" no es más que una pieza (no precisamente separata en este caso) en esta estrategia perfectamente diseñada (incluso con motivos reales, como algunos casos de corrupción demostrados, aunque otros curiosamente han terminado archivados como el de los trajes...), y pendiente desde el 23F, su inspiración y precedente.

Por el camino da igual el prestigio, salud y profesión de cuanta gente se carguen, el fin justifica los medios de cualquier integrismo o populismo que se cree "investido por un ser superior" (recordemos las memorias de Aznar en lo relativo a lo acontecido luego del atentado de ETA, esa "visión"...).

De todos modos no es de recibo sólo culpar de todo esto a a ciertas personas, sino más bien apuntar la falta de empoderamiento de la sociedad, que es incapaz de pensar por si misma y se limita, como gallinas, a comerse el grano que les echan desde ciertos medios y tribunas. Y que siga el pan y circo, el linchamiento y la entrega a mesías salvadores...

Guía alternativa para comprender el caso Nóos y Urdangarin

martes, 14 de febrero de 2012

Si ha habido un caso judicial con tergiversaciones constantes este es sin duda el caso Nóos. Desde el punto de vista de Urdangarin, el caso se enmarca temporalmente entre los años 2002-03, cuando creó junto a su socio Diego Torres la mercantil Nóos Consultoría Estratégica, SL y la Asociación Instituto Nóos para la Investigación Aplicada, y el año 2006 cuando rompería con su socio, aunque seguiría siendo miembro de un comité asesor de la Fundación Cultural, Deporte e Integración Social (FCDIS) durante cerca de un año más.

La tergiversación periodística

Por el camino han quedado titulares de prensa relacionados con proyectos desarrollados por Nóos como los siguientes:

-"El Instituto Nóos cobró 1,2 millones de euros por dos días y medio de conferencias". FALSO. En primer lugar no eran conferencias sino cumbres de expertos a los que asistían entre 100 y 175 personas invitadas por su renombre internacional. Las cumbres además no eran sólo de dos días y medio, sino que su preparación requería de entre 6 y 10 meses de preparación. Por ese periodo de tiempo se cobraba.

- "El Instituto Nóos cobró 382.000 euros por unos Juegos Europeos que no se celebraron". FALSO. Tampoco los Madrid 2016 se celebraron y no por ello se imputa por delitos a quienes cobraron de la preparación de la candidatura. Nóos firmó un convenio de 6 millones de euros para la elaboración de una precandidatura de Valencia para unos Juegos Europeos olímpicos cuya creación además había que impulsar. Personal de Nóos estuvo trabajando en ellos y la empresa Lobby Comunicación realizó sus trabajos de estudio por los que emitió una factura de algo más de 200.000 € a Nóos. Por lo tanto no cobró por unos juegos que no se celebraron sino para conseguir que se celebraran y fuera en Valencia. Simplemente no salió, como Madrid 2016, y finalmente cobraron una parte de los 6 millones, los correspondientes a la fase de estudio.

- "Urdangarin desvió fondos públicos para decorar sus viviendas de Barcelona y Washington". FALSO. Una vez quien sea que factura por unos servicios a una administración pública, esos fondos dejan de ser públicos para pasar a ser privados. De no ser así todo el funcionariado o profesorado público serían 'desviadores' de fondos públicos.

Y podríamos encontrar algunos otros casos de tergiversaciones periodísticas cuyo único fin era engañar a la opinión pública, ya sea por motivos ideológicos o bien intereses políticos, y en algunos casos simplemente incompetencia periodística.

Para empezar a comprender el caso hay que entender que estamos ante un caso instruído por la vía penal, que comporta penas muy graves de prisión, con cuatro delitos imputados muy concretos. La prensa  en cambio ha ido llena de contenidos periodísticos que nada tienen que ver con el caso: ética, derecho civil, mercantil o administrativo, contratos con empresas privadas, notas de instituto de Urdangarin, y tantas y tantas informaciones que sólo pretendía una cosa: empañar la reputación de unas personas imputadas pero no juzgadas. Así pues para analizar el caso hay que circunscribirse al entorno de la vía penal, da igual que el Instituto Nóos tuviera ánimo de lucro, o incluso da igual para el caso penal que Urdangarin usara sus contactos como miembro de la familia real.

Los cuatro delitos imputados por la vía penal

1.- Prevaricación. En esencia se basa sobre indicios de concesión de contratos 'a dedo' por parte de las administraciones, caso en el que se considera culpables por igual a contratante y adjudicatario. FALSO. Lo cierto es que es fácil de entender que si el Instituto Nóos tuvo una idea y la presentó a los gobiernos de Valencia o Illes Balears, éstos no tenía porqué convocar un concurso para una idea que era de Nóos. Para ello las administraciones disponen de dos herramientas: el convenio de colaboración y el patrocinio público. La discusión está en cuál de las dos herramientas se usó, pero lo cierto en cualquier caso es que no hubo 'contratos a dedo' algunos.

    Foto: Juez Castro (Diario de Mallorca)
2.- Malversación de fondos públicos. Para comprender esta imputación hay que contemplar que también se aplica tanto a contratantes (gobiernos) como adjudicatarios (Nóos en este caso). La instrucción mantiene que del importe total del convenio, p.e. alrededor de un millón de euros para el caso de los Valencia Summit y algo más, 1,2 millones, en Illes Balears Forum, no se ha podido justificar vía facturas el importe conveniado o patrocinado. Por lo tanto mantienen que si se pagó un millón, y vía facturas Nóos sólo ha podido justificar unos 600.000 €, la diferencia es un importe 'defraudado', o malversado. FALSO. Es fácil de entender para cualquiera que intente emprender un negocio añade a los costes un margen, más aún para eventos como las cumbres que fácilmente podían tener desviaciones de entre 150.000 o 200.000 euros por motivos varios. Por lo tanto la instrucción del caso y el juez Castro parece que no entienden todavía que Nóos tenía que tener un margen o beneficio, como cualquier empresa (ahí hay que decir que igual les despista el hecho que teóricamente era una  asociación sin ánimo de lucro). Más aún, en el caso que el presupuesto real hubiera superado el previsto, hubiera corrido a pérdidas de Nóos, sin poder cobrarlo a las administraciones. ¿Por qué pues si hubo ganancias tenía que retornarlo a las mismas?
    Foto: Santi Cogolludo (El Mundo)
3.- Falsedad documental. Aunque originalmente se dirigía a la supuesta existencia de facturas falsas de terceros, ante la inexistencia de las mismas se ha centrado en las facturas cruzadas entre las empresas del grupo Nóos, entre  ellas y con el Instituto. Las facturas cruzadas, que la instrucción llama falsas, se presentan pues como el principal indicio de delito. Éste en si mismo no tiene importancia alguna a menos que se produzca alguna ganancia o pérdida por alguna parte. FALSO. Éste presunto delito está estrechamente vinculado con el siguiente.

4.- Fraude fiscal. El principal indicio de presunto fraude fiscal es que el cruce de facturas entre empresas del grupo Nóos y con el Instituto perseguían como objetivo el aumento del gasto fiscal y reducir así el beneficio y el correspondiente pago de impuestos. FALSO. Imaginemos para mejor comprender este punto 6 vasos de agua, correspondientes a las 6 mercantiles del caso, y una jarra de agua, simulando el Instituto Nóos. El jarro de agua está lleno, y de ahí se reparte el agua entre los distintos vasos. Entre algunos vasos se intercambia agua, de modo que de un vaso pasa a otro, y así muchas veces. Dado que no hay ningún vaso con ningún agujero (o sea, ninguna empresa con pérdidas), el agua total sigue siendo la misma que al principio. Así pues pagamos de 'impuesto sobre el agua' (o sea, impuesto de sociedades), lo mismo que si estuviera todo en el jarrón únicamente, por más que cambie de vaso.

En resumen, que los principales indicios sobre los que se sostienen los cuatro supuestos delitos imputados por la vía penal a los socios y otras personas vinculadas con Nóos resultan especialmente débiles. Está claro que para cada posible delito hay otros indicios (como en fraude fiscal el supuesto envío de dinero al extranjero, pero que según mis fuentes de excompañeros estaría ya fuera del periodo temporal en que estuvo Urdangarin vinculado), pero todos de menor calado. Hay pues una forma alternativa de aproximarse al caso Nóos, y es la que he contado.

    Jaume Matas miente sobre Urdangarin en #matasyurdangarin

    lunes, 13 de febrero de 2012

    Foto: EFE
    Sigue siendo una incógnita el porqué Jaume Matas concedió una entrevista a iniciativa propia al programa Salvados de la Sexta, que tuvo ayer el título de "Matas y Urdangarin".

    Pero más extraño resulta, acaso estribe aquí el quid de la cuestión, que mintiera sobre el cómo contrató los servicios de su consultora. Urdangarin accedió a Matas a través del director general de Deportes, Pepote Ballester, amigo personal del duque desde hace tiempo. Matas y Urdangarin se vieron en una sola ocasión.

    Pero el gobierno de Jaume Matas, afirma éste, firmó un convenio de colaboración con el Instituto Nóos porqué era una 'asociación sin ánimo de lucro' y lo hizo mediante convenio y no concurso porqué era "el duque de Palma".

    Respecto al primer punto resulta un tanto extraño que llegara a creerse la fachada de sin ánimo de lucro de Nóos. Pero lo que resulta realmente chocante fue que afirmara que de ser cualquier otra persona quien le hubiera presentado la propuesta de un foro de deporte hubiera tenido que pasar por un concurso público. Lo mismo afirmó con sorna Agustín Pery, el director de El Mundo Baleares.

    Es decir, que si alguien le presentaba una idea propia, el Govern de les Illes Balears se apropiaba de la misma y convocaba un concurso para que lo ganara o no el inventor. Para estos casos existen los convenios de colaboración y los patrocinios públicos. Mintió pues. ¿Por qué? Poco hay que fiarse de un lobo acorralado.

    El millón pagado a Instituto Noos en Valencia no era neto

    viernes, 3 de febrero de 2012

    En la línea de las tergiversaciones periodísticas, el convenio de colaboración (que no contrato de entrada) entre el Instituto Nóos por una parte, y  Ciudad de las Artes y de las Ciencias, SA (CACSA) y Fundación Turismo Valencia Convention Bureau (FTVCV) de la otra el 8 de septiembre de 2004, ha sido también objeto de valoraciones un tanto exóticas.

    Por un lado un medio asegura que Hacienda "nunca había visto 'contratos' (sic) como los de Nóos, y que "los investigadores apuntan que la fórmula usada en los convenios es inédita". Sigue apuntando que en el sumario se especifica que "los redactores del presente informe (con muchos años de servicio en su actividad profesional) jamás se han encontrado con un supuesto como el contemplado", y añaden de cosecha propia los periodista que "la fundación Turismo Valencia Convention Bureau y la Ciudad de las Artes y las Ciencias eligieron la fórmula del convenio de colaboración para la celebración de tres foros sobre turismo y deporte, y otorgaron al Instituto Nóos un canon limpio de 1.044.000 euros por cada edición".

    De entrada hay que comentar que el canon no era de 1.044.000 euros, sino de 900.000 € (IVA excluido). Tampoco era un 'contrato', sino un convenio de colaboración. Por el resto cualquiera puede leer el convenio y darse cuenta que no contiene ningún tipo de cláusula 'anormal'. El convenio establece un canon para Nóos de 900.000 €, y especifica las partidas de gasto que quedan a cargo de las entidades 'colaboradoras' (que no contratantes): alojamiento, viajes, alquiler salas, audiovisuales, mobiliario, cátering reuniones, cátering cena de gala, cartelería, decoración floral, iluminación, decoración salas, acreditaciones y ambientación musical, es decir, todo lo referido a las partidas in situ, que suman un valor de 265.205 € (más IVA). Estos importes se facturan directamente a las entidades colaboradoras, CACSA y FTVCV por parte de las entidades prestatarias.

    El que define como canon "limpio" es de 900.000 € + IVA que debe cubrir todo el resto de gastos vinculados al evento, básicamente vinculado con el personal de Nóos (logística, administración, captación ponentes, relación ponentes, página web, productos editoriales resultantes, relatorías, etc.) y trabajos subcontratados (prensa y comunicación o dirección científica por ejemplo). Es innegable que el contrato es lucrativo, a este nivel está claro que nadie habla de ausencia de ánimo lucrativo, pero también es innegable que el canon no es limpio sino que incluye una serie de gastos inherentes, que a grosso modo podría estar entre los 350 y 500.000 €. Luego queda remunerar a los socios y principales referentes del evento, Diego Torres e Iñaki Urdangarin (y de ahí las famosas facturas de empresas como Aizoon a Instituto Nóos por la retribución de Urdangarin), así como la parte correspondiente a beneficios, que podrían rondar los 200-350.000 €.

    Por el resto se menciona la sorpresa de que Instituto Nóos no tenga que justificar sus gastos, que esencialmente son internos, lo cual no deja de sorprenderme a mi dicha sorpresa. Convenios como este son los habituales mire como se mire (sin entrar en discusiones sobre si los 900.000 eran mucho o poco). El cliente firmó por un producto llave en mano por un determinado importe que aceptó. No entiendo donde está el lío con dichos convenios. Sólo las malas intenciones, la voluntad de causar daño a las partes, la tergiversación periodística (y no periodística) y, acaso, el desconocimiento del funcionamiento del sector de los eventos por parte de Hacienda y la instrucción del caso, pueden generar el debate que todo esto ha generado. Puro sentido común y ausencia de malas intenciones.

    ¿Qué eran los Juegos Europeos del Instituto Nóos?

    lunes, 30 de enero de 2012

    Los Juegos Europeos fueron una iniciativa propuesta por el Instituto Nóos al gobierno valenciano. Cualquier acusación de "adjudicación a dedo" huelga decir pues que es sensacionalista y malintencionada, ¿o acaso la Generalitat tenía que poner a 'concurso público' una idea de Nóos? Para ello están herramientas como el convenio o el patrocinio público, que son las que se usaron.

    De hecho, según consta en la declaración de Miguel Zorío, representante de la firma Lobby Comunicación, la idea de unos Juegos Europeos fue suya y trasladó al Instituto Nóos un estudio de viabilidad, y conjuntamente presentaron el proyecto a la Generalitat.

    En el caso que se hubieran llevado a cabo, el convenio fija una retribución para el Instituto Nóos de 6 millones de euros. Dado que se llevaron a cabo trabajos previos de estudio de viabilidad, Nóos llegó a cobrar 382.000 € por dicho concepto. No son ciertas pues afirmaciones como que "Nóos cobró por unos Juegos Europeos que nunca se celebraron". Cobró por los estudios de viabilidad, que además fueron en parte fueron llevados a cabo por la empresa valenciana Lobby Comunicación, tal y como consta en sumario, además del hecho que desde Nóos hubo al menos un consultor encargado de su estudio (que elaboró un informe de unas 300 páginas según su declaración). La cantidad cobrada pues está plenamente justificada, aunque se pueda discutir si fue mucho o poco. Pero tratándose del tipo de este evento no parece exorbitado.

    Finalmente los Juegos Europeos no llegaron a celebrarse por, según consta en la declaración de Miguel Zorío, los siguientes motivos:

    "1º- Que la presentación pública inicial fue un error debido a que no se había obtenido autorización previa del COI, lo que provocó reticencias y obstáculos por parte del COI.
    2º- Las divergencias y diferencias de criterio entre el Instituto Nóos y la Generalitat Valenciana, ya que el IN entendía que era un proyecto "llave en mano" y por lo tanto no tenía que justiticar el destino de los fondos públicos que recibía, mientras que la asesoría jurídica de la Generalitat entendía que el IN debía de justificar mediante la presentación de las contrafacturas cada euro que recibía de los fondos públicos, motivando esto que la relación entre ambos deteriorara y el proyecto finalizó."

    El primer punto se refiere a que no se contaba con el apoyo del COI, lo cual de hecho no es exacto pues precisamente formaba parte del encargo el conseguir la complicidad del mismo. Se ha publicado en prensa que tampoco contaba con el apoyo del responsable de las federaciones europeas "por ya existir campeonatos a nivel europeo". Huelga decir que también existen campeonatos a nivel mundial que también 'compiten' com los Juegos Olímpicos, y ello no es un problema. Así pues, precisamente parte del encargo era negociar todos estos asuntos a partir de los contactos de Iñaki Urdangarin en el mundo del deporte. La cuestión es que simplemente no llegó a buen puerto, pero ello no significa que no se trabajara para ello, por lo tanto, como cualquier trabajo, tiene que cobrarse. Así pues, si los Juegos Europeos eran "imposibles" como se ha afirmado en prensa, lo fueron después de los trabajos de intermediación y estudio de viabilidad.

    El segundo punto tiene mucho que ver con lo comentado sobre las cumbres: si se presenta una propuesta a una administración con un determinado presupuesto y es aceptado, el contratante asume el riesgo de que el coste final pueda ser superior, no correspondiendo como se ha dicho que si es inferior tenga que devolver dichas cantidades a la administración, lógicamente. Pero parece que en este caso sí quiso la Generalitat incluir dicho aspecto en la negociación, a diferencia de las cumbres.

    El sinsentido de hablar de 'contratos a dedo' para el Instituto Nóos

    jueves, 26 de enero de 2012

    A veces un sentido común vale más que mil leyes. Si tenemos una idea y se la presentamos a un gobierno o administración, ¿ésta va a tener que hacer un concurso para llevar a cabo nuestra idea?

    Pues esto es lo que significa "contratos a dedo" en el caso Nóos para la instrucción del caso y, especialmente, buena parte de los medios. Precisamente para estos casos existen los mecanismos de convenios y patrocinios públicos, pues de lo contrario simplemente no se haría nada, que es lo que se hizo en los casos de las tres ediciones de los Valencia Summits y las dos del Illes Balears Forum.

    Las cumbres de expertos del Instituto Nóos eran eventos que formaban parte de la agenda en políticas públicas para el desarrollo de las ciudades y comunidades autónomas donde tuvieron lugar y, por ello, tenían un retorno para la sociedad. Y lo fueron a propuesta del Instituto Nóos, no por iniciativa ni idea de los gobiernos. Así pues no corresponde hablar de "contratos a dedo", y con ello hace que sea más que dudoso el delito imputado a los socios de "prevaricación". Lo mismo podríamos decir para los Juegos Europeos u otros casos.