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Desmontando el juicio del Caso Nóos: la gran estafa, punto a punto

domingo, 14 de febrero de 2016

Después de 4 años de dudosa profesionalidad y de interferencias políticas en la instrucción del caso Nóos, y de una semana de juicio efectivo del caso, desgranamos brevemente los principales falsos argumentos jurídicos y pruebas manipuladas.


Matas: "La oficina técnica del equipo ciclista fue un "peaje" para Urdangarin ante la concesión del patrocinio"

FALSO, el equipo ciclista Reynolds-Banesto-Illes Balears-Caisse d'Epargne-Team Movistar es un equipo profesional ciclista español fundado en 1980, inicialmente denominado Reynolds con el patrocinio de la empresa de aluminio y dirigido por José Miguel Echavarri y Eusebio Unzué, en el que militó p.e. Miguel Induráin. Sobra decir que la concesión de la "oficina técnica" no dependía de Matas, y de hecho ya estaba en manos de Nóos con anterioridad, de hecho fue la encargada de buscar patrocinio, el de Illes Balears. Matas pues MIENTE.

Juegos Europeos: "se pagó por unos juegos que jamás se realizaron"

FALSO, los Juegos Europeos (que no se han hecho en su primera edición hasta Baku 2015) requieren de un trabajo previo de años y centenares de contactos, gestiones y estudios. Es absolutamente falso que se pagara por unos "Juegos Europeos" que no se realizaron, la Generalitat Valenciana pagó por los trabajos previos de unos juegos que finalmente desestimó. Faltaría más que Urdangarin y Nóos tuvieran que trabajar gratis. De hecho el empresario Zorío que fue subcontratado por Nóos ha asegurado que denunciará al mal llamado "contable" de Nóos, Marco Tejeiro, por mentir asegurando que la factura era falsa (lógicamente no era falsa, Marco T. MIENTE). Así pues otra mentira, en connivencia con absolutamente todos los medios de comunicación.

El "contable de Nóos": "el 'contable' arrepentido detalla todo el entramado societario y las facturas falsas orientadas a saquear las arcas públicas"

FALSO, primero comentar que no era el contable, que lo era su hermano menor, sino que era el responsable administrativo, el que llevaba los papeles para firmar a Torres y Urdangarin el o los días que coincidían ambos en las oficinas. Hay que decir que no tiene ningún sentido su imputación, es uno de los mayores afectados por esta gran estafa llamada Caso Nóos, ni tenía poderes administrativos algunos y mucho menos firmas en bancos ni nada parecido, a diferencia de su hermana y esposa de Torres, Ana Tejeiro.

FALSO es también que existan facturas falsas: cuando empresas de un grupo empresarial se cruzan facturas lo hacen no sólo a precio de coste (como se creen unos supuestos expertos anticorrupción como el juez Castro o el fiscal Horrach), sino que incorporan un margen de beneficio que de no ser así no tendría sentido económico. Las mercantiles es cierto que facturaban a la asociación Instituto Nóos, porque era quien recibía los fondos por los trabajos hechos de los clientes del grupo. Pero lo que no nos dicen es que una asociación tributa exactamente igual que una mercantil por actividades económicas, por lo tanto eso de "usar una asociación sin ánimo de lucro" esconde un malicioso intento de manipulación.

Así pues no son facturas falsas, sino facturas cruzadas de suma cero: cada factura genera un gasto para una (normalmente la asociación), pero también un ingreso para otra (normalmente las mercantiles), que tributan exactamente igual. Y cada factura incluía, como no, los costes y también un margen de beneficio, que viene a ser a retribución de los socios de esa mercantil, como en cualquier empresa del mundo.

Es pues FALSO que Urdangarin y Torres "usaran las mercantiles para vaciar la asociación Instituto Nóos". Hubieran podido facturar a sus clientes desde una mercantil sin ganar ni perder absolutamente nada. La asociación era un paso previo para una fundación, que requiere de 2 años mínimo para poder constituirse, y siempre viste mejor que una mercantil. Pero más allá de vestidos, no tiene ninguna otra lectura ni impacto.

Entonces, ¿dónde está la ilegalidad de tales facturas cruzadas? ¡No existe ilegalidad alguna! Eso es lo más inaudito de oír de Castro u Horrach, pues dado que todas las sociedades tributaban en el mismo sistema fiscal (España, territorios del sistema común, ni tan solo ninguna tenía sede en Euskadi como sería normal siendo Urdangarin vasco), y ninguna de ellas tenía pérdidas como para poder hacer pensar que cruzar facturas generó algún tipo de evasión fiscal pasando los ingresos a las que tuvieran pérdidas para evitar impuestos (práctica habitual en los negocios, sea dicho).

Las facturas cruzadas de suma cero son las que sostienen el falso delito de "falsedad documental" así como buena parte del de "malversación de caudales públicos", y sólo era una forma de repartirse los beneficios los socios, algo tan legal como trabajar, respirar o vivir.

Infanta Cristina: "no le aplica la doctrina Botín y del mismo modo que la esposa de Torres debe estar imputada al lado de Urdagarin"

FALSO, Ana Tejeiro, esposa de Torres, coincidía con Cristina de Borbón en ser socia de una mercantil junto a su esposo: Virtual Strategies y Aizoon respectivamente. Pero ahí se termina cualquier parecido. Ana T. tenía poderes legales para operar en el día a día, asistía cada día al trabajo y, de hecho, fue la responsable de muchos de los procesos de selección de personal y de asegurar el silencio en el despacho cuando los socios no se encontraban presentes. A Cristina de Borbón nadie la vio y ni tan solo oyó hablar de ella, más allá lógicamente de ser la esposa de un jefe o figurar en laweb en una junta directiva no operativa de la Asociación Instituto Nóos de Investigación Aplicada (el Instituto Nóos en si, vaya). Los argumentos para su imputación responden pues sólo al alineamiento de la defensa de Torres con la acusación popular, Manos Limpias, que persigue objetivos políticos muy concretos (destruir el sistema constitucional español para crear una república presidencialista). La Infanta Cristina pues está imputada únicamente por ser quien es, la justicia pues no es igual para todos (como tanto gusta enfatizar a tertulianos y periodistas mediocres).

Diario El País: "Los socios se repartían los beneficios al 50%"

¡CIERTO! El colmo del ridículo mediático ha sido, aunque cuesta mucho realmente dar ese título a algún medio en concreto, al diario El País que elevó a titular esas palabras vacías de Marco T. De hecho entraríamos en el mundo de lo paranormal que dos socios al 50% no se repartieran los beneficios al 50%.

Un documento desmiente que la Infanta Cristina 'permitiera' a Nóos facturar a Telefónica

domingo, 7 de abril de 2013

Crédito: Efe / Andreu Dalmau

Las oscuras intenciones de la defensa de Diego Torres aportando emails que presuntamente justifican que la Infanta Cristina permitió "cobrar a Telefónica 178.000 €" faltan a la verdad y tergiversan mezquinamente la realidad. La relación del Instituto Nóos con Telefónica se remonta como mínimo al 2003, en que se elaboró una detallada propuesta de patrocinio que se muestra a continuación, que fue la base para elaborar las propuestas y convenios más concretos que constan en sumario, y las correspondientes facturas. El documento nos aporta información bien relavante como:

1.- Incluye una presentación del Instituto Nóos, en que no aparece referencia alguna al cargo de la Infanta en la Junta Directiva ni al cargo público de Urdangarin (incluye eso sí una foto que parece estar sacada de la oficial de La Zarzuela).

2.- Su elaborado detalle indica que sea como fuere que se contactó con Telefónica fue necesario explicar quien era Nóos, hecho que demuestra que no fueron contactos a nivel político ni institucional los que facilitaron la contratación.

3.- Determina exactamente las tareas que se repartían ambos socios, haciendo trabajo efectivo de consultoría. Eso para quienes aseguran que Urdangarin no "trabajaba" realmente.

4.- A diferencia de SAR la Infanta Cristina, la esposa de Torres sí aparece entre el grupo consultor, como así hemos declarado todos los testigos del caso, y que desmiente la aseveración de la defensa de Torres de que la función de su esposa era equivalente a la de su socio. Nunca ningún trabajador de Nóos vio a la Infanta, oyó hablar de ella ni conocían en muchos casos su presencia como vocal en la Junta Directiva del Instituto Nóos (del documento se han tapado los nombres de otros excompañeros y colaboradores de ESADE cuya exposición pública ha sido injusta e incluso delictiva, al publicarse en muchos casos sus emails y teléfonos personales). Ello es bien relevante por cuanto en juez Castro incorpora este elemento en su auto de imputación de la Infanta Cristina.

5.- El monto al que se refiere el documento, es muy superior a los 178,000 € que supuestamente 'ayudó' a conseguir la Infanta Cristina según D. Torres. La relación de Nóos con Telefónica fue intensa, profesional, bien justificada siempre y en absoluto vinculada a SAR Cristina de Borbón. Ello no quita que el hecho de aparecer I. Urdangarin en primer luegar en el folder de presentación, perseguía efectivamente un efecto de marketing, pero el mismo que siempre usó D. Torres usando la marca ESADE o UOC (con quien creó una empresa antes que Nóos).

6.- Por motivos que desconocemos incluso quienes más conocemos a D. Torres, siempre optó por la vía rápida de apoyarse en marcas ya consolidadas (en este sentido es el rol que juega la "marca Urdangarin" en su proyecto de Nóos que le vendió siendo profesor suyo en ESADE) o bien en técnicas y autores de prestigio internacional en consultoría, cuando su extraordinaria inteligencia le hubiera podido ir por una vía más lenta pero más sólida de ser un experto español internacional en el área que hubiera querido del marketing estratégico. Lo vemos en los modelos y esquemas a los que se refiere en el documento, así pues queda evidente el interés que tuvo en captar a I. Urdangarin como "marca". En el caso que nos ocupa, debemos preguntarnos que, si realmente la Infanta asistió al evento del Foro de Reputación Corporativa (fRC) de 2007, ello fuera idea precisamente de D. Torres.

7.- Los precios hora que se manejaban en Nóos siempre fueron de mercado, incluso algo por debajo (ambos socios valoran su hora en 240 €, cuando era habitual en las grandes consultoras precios de entre 300 y 500 €/hora).

8.- El fRC es una de las muchas "capillitas" del mundo de la Responsabilidad Social (que actualmente se llama Corporate Excellence), que agrupa a los directores de reputación corporativa, marca o RSC de las principales empresas españolas. Es por ello que fue Telefónica quien presentó a Nóos en el mismo, en el marco de la exposición de sus logros en patrocinio deportivo. No fue pues la Infanta Cristina quien en absoluto permitió a Nóos facturar por ello.

9.- Los responsables de Telefónica con quienes siempre se relacionó Nóos, tanto en 2003, como en 2007, como ahora, siguen siendo los mismos. Es por ello que es absolutamente falso que la Infanta sirviera de reclamo alguno para ese acto en el fRC. Nóos obtuvo de Telefónica ingresos muy superiores a esos presuntos 178.000 € que D. Torres atribuye a la Infanta Cristina.

10.- A pesar de 80 testigos que hemos asegurado desconocer actividad alguna de la Infanta en Nóos, a diferencia de la evidente que tenía Ana M. Tejeiro (que incluso tenía poderes de administración y firmas libradoras en bancos), el juez se refiere de forma absolutamente arbitraria y falsa al rol de la Infanta para imputarla, a pesar de los testigos y con el único argumento de las mentiras de Manos Limpias, la acusación particular, que nunca preguntó a los testigos nada distinto a si "vio Vd. alguna vez la Infanta Cristina". Los emails de Torres certifican el pacto entre el sindicato franquista y el académico.

11.- Finalmente, se puede observar como Nóos sí colaboró en los inicios de la candidatura de la Copa América, que Barberá siempre ha desmentido.

Propuesta de Nóos a Telefónica en 2003 by Nóos Confidencial

Urdangarin y la mayor conspiración contra la patria española desde el 23F

jueves, 4 de abril de 2013

Si hace un año la mayoría de la profesión periodística arremetía contra un "delincuente en la Casa Real", un año después ya se han dado cuenta de qué va el llamado "caso Nóos". Entre compañeros saben los problemas que han tenido algunos en investigar según qué cosas, o las órdenes que han recibido "desde arriba" para dejar de perseguir por ejemplo a Camps y Barberá, clientes de Nóos en Valencia como Matas lo era en Baleares (un "ángel caído" por cierto de ya se sabe dónde). Y ni que decir que la Fiscalía también se ha dado cuenta, hemos visto como ya marca claramente distancia con la "acusación popular".

Da igual que 80 testigos, extrabajadores y colaboradores de Nóos, hayan declarado ante el juez Castro que nunca jamás en su estadía vieron a la Infanta Cristina, oyeron hablar de ella o ni tan siquiera sabían que estuviera en la Junta Directiva. Contra las evidencias, han bastado unos emails "por fascículos" absolutamente intrascendentes penalmente de Diego Torres y la insistencia del sindicato franquista Manos Limpias y su entorno mediático (El Mundo) para finalmente acceder a imputar la Infanta. Porque de hecho el juez Castro no ha citado como testigo a la Infanta nunca, a pesar de la evidencia de que todo el mundo vinculado con Nóos hemos sido citados, como lógicamente corresponde.

Pero lo cierto es que, contra toda lógica y la propia Fiscalía, el juez ha elevado directamente a imputada a la Infanta Cristina por unos ridículos emails que tienen más de Mortadelo y Filemón que de pruebas de un caso "serio" instruido por la vía penal.

Antes de llegar a la conclusión, veamos las pruebas (delitos de verdad en algunos casos):
  • Prevaricación del juez Castro, y no por una vez, por dos al menos. A pesar de ser plenamente consciente de la ilegalidad en la que incurre en dictar una fianza de responsabilidad civil por el 100% del monto recibido por prestación de servicios de Nóos a las administraciones balear y valenciana (si por un lado se les acusa de que "algunos gastos" no estarían justificado, lo cierto es que se deduce que "algunos gastos" sí lo estan, por lo tanto nunca procede una fianza por el 100% si ya de entrada reconocen la legitimidad de una parte de los contratos, ello sin tener en cuenta que en absoluto procede un concurso público por un servicio singular que fue idea de Nóos y no de los gobiernos contratantes (no recordamos que en el COI tuviera que ir a consurso por organizar unos JJOO en Barcelona'92). En segundo lugar el caso de la imputación de la Infanta Cristina que comentábamos en la introducción: contra 80 testigos prefiere unos emails intrascendentes y las constantes amenazas de Manos Limpias y la presión de El Mundo.
  • Pacto de Diego Torres con Manos Limpias, quienes hemos declarado ante el juez hemos podido observar con estupor como la única pregunta que prácticamente realizaba la "abogada" (¿tendrá el título realmente?) del sindicato franquista era si "vio Vd. alguna vez a la Infanta Cristina". Torres es consciente que el único elemento que se juzga de auténtico trasfondo penal es la más que supuesta evasión de capitales a Belize, de la cual es único responsable, pues Urdangarin ya había roto de forma efectiva con su socio para entonces tal y como han declarado algunos extrabajadores. A cambio de hacer la vista gorda de Manos Limpias (o por chantaje de la misma, es otra opción más plausible), se ha alineado con el complot contra la Monarquía de este sindicato. Torres sabe además que a Manos Limpias no le interesa en absoluto la justicia, sino sólo cargarse una parte esencial del sistema democrático español.
  • Plagio del sumario de los artículos de Eduardo Inda, director adjunto de El Mundo, quien desde 2006 empezó a escribir sobre lo que a su criterio era una irregularidad, sin importar incurrir en mentiras flagrantes como ya demostramos en este confidencial hace un año. Cualquier extrabajador de Nóos además sabe que el 80% del libro del susodicho es falso o de dudosa interpretación fascinerosa. En cualquier caso Manos Limpias hizo copiar-pegar para presentar sus argumentaciones legales que serían incluidas en el sumario posteriormente. Hay que añadir la inverisimilitud de que "por casualidad" el juez Castro encontrara unas facturas en el "caso Palma Arena" que hacían referencia a Nóos, y abriera la pieza separata número 25. Si el periodista hacía 5 años que escribía sobre ello, es obvio que no fue casualidad, pero está claro que quienes ya saben lo que hacen tenían que vincularlo a un caso lo más grave posible, y qué mejor que el de Matas, ángel caído del círculo del expresidente español, José María Aznar, conocido enesmitado de SM Juan Carlos I.
  • Inconsistencia en absolutamente todas las acusaciones a Urdangarin y su socio, que no tienen fondo penal alguno como ya explicamos (otra cuestión será la ética, moral o incluso picarescas empresariales), y todo se basa en lo que entiende fácilmente la gente como "tráfico de influencias", que no olvidemos que no se les imputa simplemente porque no eran funcionarios públicos, que son los únicos que pueden cometer dichos delitos. En resumen, sigue a rajatabla el "plan para fabricar un complot": inventarse unos cuantos delitos penales (que a los 3 o 5 años terminan archivados) y a partir de ahí se lanza el juicio mediático con memeces de diversa índole.
  • Ausencia total de sustento legal en ciertos imputados, si analizamos los desimputados vemos como simplemente no tenían nada que "ofrecer" en crear puentes entre los socios, en especial en esa época (2006-2007) en que no se sabe con certeza (excepto por los testigos) cuando realmente Urdangarin rompió con Torres. Así pues el "contable" o el "testaferro" siguen inauditamente imputados a pesar de quedar demostrado y atestiguado, nuevamente por 80 testigos, de que nada tenían que ver y menos aún que fueran cerebro alguno y, por lo tanto, que tuvieran responsabilidad alguna en todo esto. Resulta curioso como se ha mantenido a esos imputados en concreto, siendo la acusación que pesa sobre ellos de tan baja legitimidad como la de los desimputados. Pero imputados son más "útiles".
  • El chantaje permitido de Diego Torres al sistema democrático español, pues si en su momento se hicieron los registros para encontrar, entre otras cosas, material informático y documental, este "ordenador" del que emanan tantos emails que por casualidad encontró Torres sigue en sus Manos, al juez Castro no se la ocurrido dictar su confiscación y terminar de una vez con las entregas por fascículos. ¿Si es una prueba material del caso, qué hace en poder de un imputado?
  • Camps y Barberá: los clientes de Nóos olvidados, resulta un tanto inaudito que se acuse de 'prevaricación' a los socios de Nóos cuando para poder estar imputados por ello deben existir funcionarios públicos de alto nivel. Así como nunca se habló de la Infanta Cristina entre los extrabajadores de Nóos, Camps y Barberá, como Matas, eran los habitualmente citados y conocidos como los clientes. Si Matas fue imputado por ello, ¿a qué se debe que en Valencia no haya funcionarios públicos -excepto algunos picateclas- imputados que hubieran podido cometer supuesta prevaricación de la que beneficiarse Nóos?

Si enmarcamos pues el caso en el contexto de corrupción política que se está desatando en todos los colores políticos, vemos como hay intereses en generar sensación de caos e ingobernabilidad, buscando deslegitimar la democracia española ante la mayor parte de la población que, harta de este "caos", se entregará graciosamente a un "Mesías" salvador (ver casos equivalentes de Hitler, Berlusconi, Chávez, Putin, etc.), para así perpetuarse en el poder y destruir la democracia.

El "caso Nóos" no es más que una pieza (no precisamente separata en este caso) en esta estrategia perfectamente diseñada (incluso con motivos reales, como algunos casos de corrupción demostrados, aunque otros curiosamente han terminado archivados como el de los trajes...), y pendiente desde el 23F, su inspiración y precedente.

Por el camino da igual el prestigio, salud y profesión de cuanta gente se carguen, el fin justifica los medios de cualquier integrismo o populismo que se cree "investido por un ser superior" (recordemos las memorias de Aznar en lo relativo a lo acontecido luego del atentado de ETA, esa "visión"...).

De todos modos no es de recibo sólo culpar de todo esto a a ciertas personas, sino más bien apuntar la falta de empoderamiento de la sociedad, que es incapaz de pensar por si misma y se limita, como gallinas, a comerse el grano que les echan desde ciertos medios y tribunas. Y que siga el pan y circo, el linchamiento y la entrega a mesías salvadores...

Las irregularidades de la instrucción del caso Nóos

miércoles, 29 de febrero de 2012

    Foto: Juez Castro (Diario de Mallorca)
Aunque apenas han aparecido en medios las denuncias de las personas imputadas por las presuntas irregularidades de la instrucción del caso Nóos, es de recibo que hagamos una análisis de las mismas.

En primer lugar, sobre las filtraciones cuando el sumario estaba bajo secreto sumarial ya hablamos con anterioridad, rogando que fuera el juez Castro quien actuara por iniciativa propia para investigarlas. Aunque la policía judicial me aseguró en mi declaración como testigo que dichas filtraciones sólo se habían producido de la parte 'no secreta' (implícito estaba pues que había una parte secreta y otra que no), lo cierto es que desde los imputados se ha asegurado que sí las hubo. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) las investigó de oficio y determinó que no había nada, y el juez Castro llegó a afirmar que no podía evitar filtraciones en un caso como este, lo cuál no deja de ser significativo del déficit del sistema judicial español.

Por otro lado, y según algunos imputados consultados, no disponen todavía en este momento de las declaraciones tomadas a 68 extrabajadores de Nóos en Barcelona entre los días 6 y 8 de febrero de este año, como tampoco de las tomadas el pasado viernes 24. En cambio, de todas ellas sí ha trascendido su contenido a los medios de comunicación.

Este punto es relevante, pues ha sido una constante que los medios dispongan de la información antes que los letrados defensores. Ello no deja de ser un atropello contra los derechos de los imputados, a pesar de poder entender el interés mediático del caso.

También se ha denunciado desde los púlpitos de los letrados defensores que éstos no pudieron estar presentes en las declaraciones anteriormente mencionadas de Barcelona, con lo que se menoscaba el derecho de las defensas a realizar preguntas y supervisar el proceso.

Aunque parece que se ha dicho que fue el propio Urdangarin quien pidió seguir con la declaración, las 22 horas en dos días deberían analizar bajo la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que estable límites a la duración de las declaraciones, pues afecta al estado físico y emocional del declarante, y la Ley establece precisamente de forma explícita que deben salvaguardarse.

Finalmente, hay que mencionar una cierta arbitrariedad en las imputaciones: enviar un simple fax, figurar como administrador sin otras pruebas incriminatorias de facto o ser un simple responsable administrativo de emitir facturas han sido motivo de imputación, cuando en dichos casos está plenamente probado que no tenía poder de decisión alguno.

Creo que en algún momento deberán investigarse estas presuntas irregularidades denunciadas por los letrados de la defensa, aunque mucho me temo que esto no interesa.

¿Facturas falsas para los Juegos Europeos? ¿Otro diario que manipula?

domingo, 26 de febrero de 2012

Sin duda la noticia del día la filtraba El País, "Un empresario revela que Nóos le encargó 13 facturas falsas por 124.000 euros", a partir del levantamiento del secreto sumarial parcial de las declaraciones que el viernes tomó el juez Castro en Barcelona a varios imputados y testigos. Pero veremos como dicha noticia es falsa. De hecho el propio El País ha modificado a lo largo del día la noticia ante la evidencia de la manipulación inicial.

De entrada, lo cierto es que hay que desvincular estas facturas de los 382.000 € cobrados por el Instituto Nóos por los trabajos de preparación de la candidatura de Valencia a los Juegos Europeos. Dicha cantidad está plenamente justificada con una factura de Lobby&Comunicación a Instituto Nóos por importe de 241.971,30 € con fecha 31 de julio de 2006, por estudios previos de mercado, y por el trabajo realizado en el propio instituto Nóos por al menos dos consultores durante varios meses en la preparación de la precandidatura valenciana. Ello justifica perfectamente lo cobrado a las administraciones valencianas.

No es pues de recibo que estas facturas se vinculen con los 382.000 € cobrados por los Juegos Europeos, tal y como apunta erróneamente La Vanguardia. Por su parte El País no matiza si estarían o no destinadas a justificar el importe pagado.

Así pues, si han aparecido estas supuestas facturas falsas presentadas por dicho empresario, director general de la firma especializada en comunicación y proveedor habitual del Instituto Nóos, habría que vincularlo con algún intento de cobrar de más sobre esos 382.000 €. Finalmente, según se comenta, las facturas fueron rechazadas por la Generalitat valenciana como justificación (entiendo yo, pues eso no se comenta) de nuevos gastos, y posteriormente el importe de dicha facturación de la empresa a Instituto Nóos fue cancelada con un abono por importe de 124.000 €, dejando sin efecto dichas supuestas facturas falsas.

Asumiendo como siempre la presunción de inocencia, para evaluar este 'descubrimiento' hay que atender nuevamente al sentido común: ¿qué ganaba el Instituto Nóos con la presentación de dichas facturas falsas? Si le añadía un margen e intentó cobrarlo a la Generalitat valenciana tendría un sentido (común), pero tal y como se presenta la noticia no se aporta dicha información. Faltaría pues saber cómo se vincula a la facturación que el Instituto Nóos quisiera cobrar a la Generalitat.

Finalmente apuntar que, a derecho, de ser cierto, no podrían ser consideradas facturas falsas porqué existiría un abono posterior que anula los importes, por lo que la cuestión queda fuera del caso por la vía penal y nos quedamos, como siempre, en el ámbito ético y moral. Pero... ¿Qué pasaría si dichas facturas 'falsas' no hubieran existido y fuesen una invención periodística? Al menos así me consta y así se demostrará...

¿Por qué Urdangarin habría 'descargado' la culpa sobre su socio?

Foto: El País
Mirando los titulares de la prensa de hoy destaca que según ella Urdangarin habría descargado toda culpa sobre su socio, e incluso El Periódico de Catalunya, siempre tendencioso en este caso, titula 'Balones fuera'.

Lo cierto es que nada de ello es nuevo, ya he venido comentando que las funciones entre los socios no eran parejas, y que los aspectos económicos recaían más sobre Diego Torres.


La cuestión estriba simplemente que aunque pueda tener alguna idea sobre los contratos, Urdangarin no especula ante el juez sobre ellos, y se limita a la estricta verdad: que él abrió las puertas con las administraciones balear y valenciana, pero los detalles de los contratos fueron negociados y definidos por su socio, que es quien firmó los convenios de patrocinio públicos. O sea que no es nada nuevo.

Lógicamente también descarga de toda responsabilidad a su esposa, la infanta Cristina, por motivos evidentes y que también he apuntado yo y todos los testigos del caso: que el rol de la infanta era puramente decorativo y no tenía función ejecutiva alguna ni en Instituto Nóos ni en Aizoon, cuyo administrador era el propio Iñaki Urdangarin.

El tercer titular de la jornada de ayer, la supuesta nueva estructura de sociedades en el extranjero, datan de 2007, y están vinculadas con De Goes y FDCIS, entidades con las que el duque de Palma no tenía vinculación ejecutiva alguna, como también se ha apuntado y está plenamente documentado en el sumario del caso. Son pues puras especulaciones que, aunque sea lógico que se le pregunte como testigo, no puede dar ningún tipo de detalle por no estar vinculado en forma alguna con ello.

Guía alternativa para comprender el caso Nóos y Urdangarin

martes, 14 de febrero de 2012

Si ha habido un caso judicial con tergiversaciones constantes este es sin duda el caso Nóos. Desde el punto de vista de Urdangarin, el caso se enmarca temporalmente entre los años 2002-03, cuando creó junto a su socio Diego Torres la mercantil Nóos Consultoría Estratégica, SL y la Asociación Instituto Nóos para la Investigación Aplicada, y el año 2006 cuando rompería con su socio, aunque seguiría siendo miembro de un comité asesor de la Fundación Cultural, Deporte e Integración Social (FCDIS) durante cerca de un año más.

La tergiversación periodística

Por el camino han quedado titulares de prensa relacionados con proyectos desarrollados por Nóos como los siguientes:

-"El Instituto Nóos cobró 1,2 millones de euros por dos días y medio de conferencias". FALSO. En primer lugar no eran conferencias sino cumbres de expertos a los que asistían entre 100 y 175 personas invitadas por su renombre internacional. Las cumbres además no eran sólo de dos días y medio, sino que su preparación requería de entre 6 y 10 meses de preparación. Por ese periodo de tiempo se cobraba.

- "El Instituto Nóos cobró 382.000 euros por unos Juegos Europeos que no se celebraron". FALSO. Tampoco los Madrid 2016 se celebraron y no por ello se imputa por delitos a quienes cobraron de la preparación de la candidatura. Nóos firmó un convenio de 6 millones de euros para la elaboración de una precandidatura de Valencia para unos Juegos Europeos olímpicos cuya creación además había que impulsar. Personal de Nóos estuvo trabajando en ellos y la empresa Lobby Comunicación realizó sus trabajos de estudio por los que emitió una factura de algo más de 200.000 € a Nóos. Por lo tanto no cobró por unos juegos que no se celebraron sino para conseguir que se celebraran y fuera en Valencia. Simplemente no salió, como Madrid 2016, y finalmente cobraron una parte de los 6 millones, los correspondientes a la fase de estudio.

- "Urdangarin desvió fondos públicos para decorar sus viviendas de Barcelona y Washington". FALSO. Una vez quien sea que factura por unos servicios a una administración pública, esos fondos dejan de ser públicos para pasar a ser privados. De no ser así todo el funcionariado o profesorado público serían 'desviadores' de fondos públicos.

Y podríamos encontrar algunos otros casos de tergiversaciones periodísticas cuyo único fin era engañar a la opinión pública, ya sea por motivos ideológicos o bien intereses políticos, y en algunos casos simplemente incompetencia periodística.

Para empezar a comprender el caso hay que entender que estamos ante un caso instruído por la vía penal, que comporta penas muy graves de prisión, con cuatro delitos imputados muy concretos. La prensa  en cambio ha ido llena de contenidos periodísticos que nada tienen que ver con el caso: ética, derecho civil, mercantil o administrativo, contratos con empresas privadas, notas de instituto de Urdangarin, y tantas y tantas informaciones que sólo pretendía una cosa: empañar la reputación de unas personas imputadas pero no juzgadas. Así pues para analizar el caso hay que circunscribirse al entorno de la vía penal, da igual que el Instituto Nóos tuviera ánimo de lucro, o incluso da igual para el caso penal que Urdangarin usara sus contactos como miembro de la familia real.

Los cuatro delitos imputados por la vía penal

1.- Prevaricación. En esencia se basa sobre indicios de concesión de contratos 'a dedo' por parte de las administraciones, caso en el que se considera culpables por igual a contratante y adjudicatario. FALSO. Lo cierto es que es fácil de entender que si el Instituto Nóos tuvo una idea y la presentó a los gobiernos de Valencia o Illes Balears, éstos no tenía porqué convocar un concurso para una idea que era de Nóos. Para ello las administraciones disponen de dos herramientas: el convenio de colaboración y el patrocinio público. La discusión está en cuál de las dos herramientas se usó, pero lo cierto en cualquier caso es que no hubo 'contratos a dedo' algunos.

    Foto: Juez Castro (Diario de Mallorca)
2.- Malversación de fondos públicos. Para comprender esta imputación hay que contemplar que también se aplica tanto a contratantes (gobiernos) como adjudicatarios (Nóos en este caso). La instrucción mantiene que del importe total del convenio, p.e. alrededor de un millón de euros para el caso de los Valencia Summit y algo más, 1,2 millones, en Illes Balears Forum, no se ha podido justificar vía facturas el importe conveniado o patrocinado. Por lo tanto mantienen que si se pagó un millón, y vía facturas Nóos sólo ha podido justificar unos 600.000 €, la diferencia es un importe 'defraudado', o malversado. FALSO. Es fácil de entender para cualquiera que intente emprender un negocio añade a los costes un margen, más aún para eventos como las cumbres que fácilmente podían tener desviaciones de entre 150.000 o 200.000 euros por motivos varios. Por lo tanto la instrucción del caso y el juez Castro parece que no entienden todavía que Nóos tenía que tener un margen o beneficio, como cualquier empresa (ahí hay que decir que igual les despista el hecho que teóricamente era una  asociación sin ánimo de lucro). Más aún, en el caso que el presupuesto real hubiera superado el previsto, hubiera corrido a pérdidas de Nóos, sin poder cobrarlo a las administraciones. ¿Por qué pues si hubo ganancias tenía que retornarlo a las mismas?
    Foto: Santi Cogolludo (El Mundo)
3.- Falsedad documental. Aunque originalmente se dirigía a la supuesta existencia de facturas falsas de terceros, ante la inexistencia de las mismas se ha centrado en las facturas cruzadas entre las empresas del grupo Nóos, entre  ellas y con el Instituto. Las facturas cruzadas, que la instrucción llama falsas, se presentan pues como el principal indicio de delito. Éste en si mismo no tiene importancia alguna a menos que se produzca alguna ganancia o pérdida por alguna parte. FALSO. Éste presunto delito está estrechamente vinculado con el siguiente.

4.- Fraude fiscal. El principal indicio de presunto fraude fiscal es que el cruce de facturas entre empresas del grupo Nóos y con el Instituto perseguían como objetivo el aumento del gasto fiscal y reducir así el beneficio y el correspondiente pago de impuestos. FALSO. Imaginemos para mejor comprender este punto 6 vasos de agua, correspondientes a las 6 mercantiles del caso, y una jarra de agua, simulando el Instituto Nóos. El jarro de agua está lleno, y de ahí se reparte el agua entre los distintos vasos. Entre algunos vasos se intercambia agua, de modo que de un vaso pasa a otro, y así muchas veces. Dado que no hay ningún vaso con ningún agujero (o sea, ninguna empresa con pérdidas), el agua total sigue siendo la misma que al principio. Así pues pagamos de 'impuesto sobre el agua' (o sea, impuesto de sociedades), lo mismo que si estuviera todo en el jarrón únicamente, por más que cambie de vaso.

En resumen, que los principales indicios sobre los que se sostienen los cuatro supuestos delitos imputados por la vía penal a los socios y otras personas vinculadas con Nóos resultan especialmente débiles. Está claro que para cada posible delito hay otros indicios (como en fraude fiscal el supuesto envío de dinero al extranjero, pero que según mis fuentes de excompañeros estaría ya fuera del periodo temporal en que estuvo Urdangarin vinculado), pero todos de menor calado. Hay pues una forma alternativa de aproximarse al caso Nóos, y es la que he contado.

    Investigar las filtraciones debería ser iniciativa del propio juez Castro

    viernes, 10 de febrero de 2012

    Foto: El País
    La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial acordó abrir unas diligencias informativas previas al juzgado de instrucción número 3 de Palma de Mallorca, cuyo titular es José Castro Aragón, que investiga el caso Urdangarin.

    Lo cierto es que no hubiera tenido que ser necesario que el CGPJ tomara cartas en el asunto, al cual ya se refería ABC hace muchas semanas, y el propio juez Castro 'advertía' hace unos días que no podrá evitar ni tan sólo las filtraciones de las grabaciones de las declaraciones de imputados que han pedido este método de registro de su declaración (caso de Diego Torres, aunque no de Iñaki Urdangarin).

    Las garantías procesales forman parte del sistema democrático del país, lo cual obliga al propio juez instructor a velar por el cumplimiento también de los mismos. No es de recibo que diga que iniciar una causa sobre ello "ya se advierte inútil, dilapidadora de un tiempo que no sobra". Forma tan parte del caso como la investigación de las presuntas irregularidades, y es un grave atentado a la presunción de inocencia de los imputados.

    Que las filtraciones provengan del propio juzgado o no es precisamente lo que tiene que investigar, no veo porqué debe 'tener tiempo' para investigar las presuntas irregularidades y no las presuntas filtraciones. La ecuanimidad debe formar parte del sistema judicial, y los juicios de valor del juez se los debe guardar para cuando juegue a dominó con sus amigos.

    Por un lado la policía judicial me aseguró durante mi declaración que no había habido ninguna filtración de partes secretas del  sumario desde la instrucción, y que en todo caso lo que se había filtrado había sido parte de lo que se había entregado a alguno en concreto de los propios imputados.

    Por otro lado, me consta también por parte de algunos imputados que sí se produjeron dichas filtraciones, no entraré en el detalle si desde juzgado, secretarios judiciales o policía judicial. Más aún, uno de los periodistas que recibió filtraciones antes del levantamiento del secreto de sumario, aseguró que no tenía porqué rendir cuentas de sus fuentes, lo cuál es cierto, pero también lo es que implícitamente reconocía estar recibiendo filtraciones secretas.

    Nadie es impune, ni un yerno del Rey, ni un juez prevaricador (no me refiero a Castro) ni la parte instructora de un caso. Todo forma parte de la Justicia, y por ello todo debe tener el mismo grado de consideración.