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Manos Limpias se ensucia al pedir la imputación de la Infanta Cristina

jueves, 16 de febrero de 2012

Foto: Casa Real
Manos Limpias ha pedido al juez Castro que impute a la infanta Cristina, igual sabe perfectamente y de eso se aprovecha que en este caso las imputaciones ya se han repartido sin base jurídica alguna: enviar un fax, figurar como administrador de paja en una sociedad o emitir las facturas que le dicta un jefe. Bajo este prisma es lógico que el sindicato se apunte al tacticismo fácil.

Cualquier persona con algo de criterio y Mente Limpia de prejuicios y con pensamiento propio (o sea, no inoculado por los tabloides amarillistas) sabe que aunque por un lado Cristina de Borbón se beneficiara de los ingresos del Instituto Nóos a través de su participación del 50% en la sociedad Aizoon, SL junto a su esposo, ello fue de forma indirecta, circunstancial y casual, por el otro su presencia directa en la toma de decisiones y el día a día de lo que sea que pasara o pudiera pasar en el Instituto Nóos es absolutamente irrelevante, y esto no es una opinión, sino una evidencia de los testimonios recabados por la instrucción.

Si ya hay imputaciones de ciencia ficción, sería de Star Trek citar en calidad de imputada a la esposa de Iñaki Urdangarin sólo para acallar las vociferaciones de la muchedumbre sedienta de sangre, pan y circo. Pues sólo tienen a su favor que era socia de una de las sociedades del grupo Nóos, pero ha quedado más que demostrado por las declaraciones de 68 testigos exempleados del Instituto Nóos y varios imputados que nunca estuvo en las oficinas y que nunca asistió a ninguna junta directiva de la asociación aunque figurara como vocal en ella (de hecho por lo que parece ni existían estas juntas de forma real, y el órgano de gobierno era el comité directivo, del que no formaba parte).

O sea, a un lado del ring, el de Manos Limpias, suciedad que no sustenta la imputación, al otro lado del ring, el de Mentes Limpias, la realidad de que nunca tuvo que ver con el día a día de Nóos. Es por ello que me parece amarillismo y pan y circo la solicitud de su imputación, aunque ciertamente pienso que debería declarar en calidad de testigo como han hecho otras personas, y creo sinceramente que así terminará siendo.

Guía alternativa para comprender el caso Nóos y Urdangarin

martes, 14 de febrero de 2012

Si ha habido un caso judicial con tergiversaciones constantes este es sin duda el caso Nóos. Desde el punto de vista de Urdangarin, el caso se enmarca temporalmente entre los años 2002-03, cuando creó junto a su socio Diego Torres la mercantil Nóos Consultoría Estratégica, SL y la Asociación Instituto Nóos para la Investigación Aplicada, y el año 2006 cuando rompería con su socio, aunque seguiría siendo miembro de un comité asesor de la Fundación Cultural, Deporte e Integración Social (FCDIS) durante cerca de un año más.

La tergiversación periodística

Por el camino han quedado titulares de prensa relacionados con proyectos desarrollados por Nóos como los siguientes:

-"El Instituto Nóos cobró 1,2 millones de euros por dos días y medio de conferencias". FALSO. En primer lugar no eran conferencias sino cumbres de expertos a los que asistían entre 100 y 175 personas invitadas por su renombre internacional. Las cumbres además no eran sólo de dos días y medio, sino que su preparación requería de entre 6 y 10 meses de preparación. Por ese periodo de tiempo se cobraba.

- "El Instituto Nóos cobró 382.000 euros por unos Juegos Europeos que no se celebraron". FALSO. Tampoco los Madrid 2016 se celebraron y no por ello se imputa por delitos a quienes cobraron de la preparación de la candidatura. Nóos firmó un convenio de 6 millones de euros para la elaboración de una precandidatura de Valencia para unos Juegos Europeos olímpicos cuya creación además había que impulsar. Personal de Nóos estuvo trabajando en ellos y la empresa Lobby Comunicación realizó sus trabajos de estudio por los que emitió una factura de algo más de 200.000 € a Nóos. Por lo tanto no cobró por unos juegos que no se celebraron sino para conseguir que se celebraran y fuera en Valencia. Simplemente no salió, como Madrid 2016, y finalmente cobraron una parte de los 6 millones, los correspondientes a la fase de estudio.

- "Urdangarin desvió fondos públicos para decorar sus viviendas de Barcelona y Washington". FALSO. Una vez quien sea que factura por unos servicios a una administración pública, esos fondos dejan de ser públicos para pasar a ser privados. De no ser así todo el funcionariado o profesorado público serían 'desviadores' de fondos públicos.

Y podríamos encontrar algunos otros casos de tergiversaciones periodísticas cuyo único fin era engañar a la opinión pública, ya sea por motivos ideológicos o bien intereses políticos, y en algunos casos simplemente incompetencia periodística.

Para empezar a comprender el caso hay que entender que estamos ante un caso instruído por la vía penal, que comporta penas muy graves de prisión, con cuatro delitos imputados muy concretos. La prensa  en cambio ha ido llena de contenidos periodísticos que nada tienen que ver con el caso: ética, derecho civil, mercantil o administrativo, contratos con empresas privadas, notas de instituto de Urdangarin, y tantas y tantas informaciones que sólo pretendía una cosa: empañar la reputación de unas personas imputadas pero no juzgadas. Así pues para analizar el caso hay que circunscribirse al entorno de la vía penal, da igual que el Instituto Nóos tuviera ánimo de lucro, o incluso da igual para el caso penal que Urdangarin usara sus contactos como miembro de la familia real.

Los cuatro delitos imputados por la vía penal

1.- Prevaricación. En esencia se basa sobre indicios de concesión de contratos 'a dedo' por parte de las administraciones, caso en el que se considera culpables por igual a contratante y adjudicatario. FALSO. Lo cierto es que es fácil de entender que si el Instituto Nóos tuvo una idea y la presentó a los gobiernos de Valencia o Illes Balears, éstos no tenía porqué convocar un concurso para una idea que era de Nóos. Para ello las administraciones disponen de dos herramientas: el convenio de colaboración y el patrocinio público. La discusión está en cuál de las dos herramientas se usó, pero lo cierto en cualquier caso es que no hubo 'contratos a dedo' algunos.

    Foto: Juez Castro (Diario de Mallorca)
2.- Malversación de fondos públicos. Para comprender esta imputación hay que contemplar que también se aplica tanto a contratantes (gobiernos) como adjudicatarios (Nóos en este caso). La instrucción mantiene que del importe total del convenio, p.e. alrededor de un millón de euros para el caso de los Valencia Summit y algo más, 1,2 millones, en Illes Balears Forum, no se ha podido justificar vía facturas el importe conveniado o patrocinado. Por lo tanto mantienen que si se pagó un millón, y vía facturas Nóos sólo ha podido justificar unos 600.000 €, la diferencia es un importe 'defraudado', o malversado. FALSO. Es fácil de entender para cualquiera que intente emprender un negocio añade a los costes un margen, más aún para eventos como las cumbres que fácilmente podían tener desviaciones de entre 150.000 o 200.000 euros por motivos varios. Por lo tanto la instrucción del caso y el juez Castro parece que no entienden todavía que Nóos tenía que tener un margen o beneficio, como cualquier empresa (ahí hay que decir que igual les despista el hecho que teóricamente era una  asociación sin ánimo de lucro). Más aún, en el caso que el presupuesto real hubiera superado el previsto, hubiera corrido a pérdidas de Nóos, sin poder cobrarlo a las administraciones. ¿Por qué pues si hubo ganancias tenía que retornarlo a las mismas?
    Foto: Santi Cogolludo (El Mundo)
3.- Falsedad documental. Aunque originalmente se dirigía a la supuesta existencia de facturas falsas de terceros, ante la inexistencia de las mismas se ha centrado en las facturas cruzadas entre las empresas del grupo Nóos, entre  ellas y con el Instituto. Las facturas cruzadas, que la instrucción llama falsas, se presentan pues como el principal indicio de delito. Éste en si mismo no tiene importancia alguna a menos que se produzca alguna ganancia o pérdida por alguna parte. FALSO. Éste presunto delito está estrechamente vinculado con el siguiente.

4.- Fraude fiscal. El principal indicio de presunto fraude fiscal es que el cruce de facturas entre empresas del grupo Nóos y con el Instituto perseguían como objetivo el aumento del gasto fiscal y reducir así el beneficio y el correspondiente pago de impuestos. FALSO. Imaginemos para mejor comprender este punto 6 vasos de agua, correspondientes a las 6 mercantiles del caso, y una jarra de agua, simulando el Instituto Nóos. El jarro de agua está lleno, y de ahí se reparte el agua entre los distintos vasos. Entre algunos vasos se intercambia agua, de modo que de un vaso pasa a otro, y así muchas veces. Dado que no hay ningún vaso con ningún agujero (o sea, ninguna empresa con pérdidas), el agua total sigue siendo la misma que al principio. Así pues pagamos de 'impuesto sobre el agua' (o sea, impuesto de sociedades), lo mismo que si estuviera todo en el jarrón únicamente, por más que cambie de vaso.

En resumen, que los principales indicios sobre los que se sostienen los cuatro supuestos delitos imputados por la vía penal a los socios y otras personas vinculadas con Nóos resultan especialmente débiles. Está claro que para cada posible delito hay otros indicios (como en fraude fiscal el supuesto envío de dinero al extranjero, pero que según mis fuentes de excompañeros estaría ya fuera del periodo temporal en que estuvo Urdangarin vinculado), pero todos de menor calado. Hay pues una forma alternativa de aproximarse al caso Nóos, y es la que he contado.

    Jaume Matas miente sobre Urdangarin en #matasyurdangarin

    lunes, 13 de febrero de 2012

    Foto: EFE
    Sigue siendo una incógnita el porqué Jaume Matas concedió una entrevista a iniciativa propia al programa Salvados de la Sexta, que tuvo ayer el título de "Matas y Urdangarin".

    Pero más extraño resulta, acaso estribe aquí el quid de la cuestión, que mintiera sobre el cómo contrató los servicios de su consultora. Urdangarin accedió a Matas a través del director general de Deportes, Pepote Ballester, amigo personal del duque desde hace tiempo. Matas y Urdangarin se vieron en una sola ocasión.

    Pero el gobierno de Jaume Matas, afirma éste, firmó un convenio de colaboración con el Instituto Nóos porqué era una 'asociación sin ánimo de lucro' y lo hizo mediante convenio y no concurso porqué era "el duque de Palma".

    Respecto al primer punto resulta un tanto extraño que llegara a creerse la fachada de sin ánimo de lucro de Nóos. Pero lo que resulta realmente chocante fue que afirmara que de ser cualquier otra persona quien le hubiera presentado la propuesta de un foro de deporte hubiera tenido que pasar por un concurso público. Lo mismo afirmó con sorna Agustín Pery, el director de El Mundo Baleares.

    Es decir, que si alguien le presentaba una idea propia, el Govern de les Illes Balears se apropiaba de la misma y convocaba un concurso para que lo ganara o no el inventor. Para estos casos existen los convenios de colaboración y los patrocinios públicos. Mintió pues. ¿Por qué? Poco hay que fiarse de un lobo acorralado.

    ¿De qué hablaba Urdangarin cuando se reunía con sus clientes?

    sábado, 11 de febrero de 2012

    Foto: Miquel Massutí (Diario de Mallorca)
    Consulta del lector Roberto m. 10/02/2012 19:59:53

    Las veces que le acompañé a reuniones con clientes, que no eran muchas pues yo normalmente trabajaba para clientes de Diego Torres (en general cada socio tenía 'sus clientes', excepto los más grandes que eran compartidos), los temas dependían de si eran visitas de venta o bien de consultoría (no asistí a ninguna de venta o reporte de los proyectos con Valencia e Illes Balears).

    En las de venta no difería el discurso del mismo que usaba su socio, comentaba qué era el Instituto Nóos, que era un think tank sobre investigación aplicada, con un comité científico formado por expertos internacionales que por lo tanto le daba una amplia red de contactos, y también lógicamente en lo que se podía conseguir con los contactos que se tenían, ya sean del ámbito deportivo, académico o político.

    A diferencia de lo que se ha dicho, yo nunca le oí enfatizar lo que podía conseguir por ser miembro de la familia real. Su tono era campechano como es él en cualquier conversación, sin excentricidades ni prepotencia, eso era algo que valoré positivamente de él.

    Por su parte, en las sesiones de consultoría pues participaba matizando las conclusiones que el consultor que le acompañaba podía vertir, haciendo su rol de socio y director último del proyecto. Como curiosidad, era habitual oirle decir cosas prácticamente literales que había aprendido u oído a Diego Torres, a quién tenía como referente intelectual y científico, hecho que refuerza las motivaciones originales de la alianza con Diego Torres, un brillante consultor, docente y comunicador.

    Iñaki aprendía de su socio, y lo aplicaba en sus reuniones en solitario. Yo hacía lo mismo en su momento cuando estuve tres años aprendiendo de Diego Torres, mi maestro y mentor.

    Investigar las filtraciones debería ser iniciativa del propio juez Castro

    viernes, 10 de febrero de 2012

    Foto: El País
    La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial acordó abrir unas diligencias informativas previas al juzgado de instrucción número 3 de Palma de Mallorca, cuyo titular es José Castro Aragón, que investiga el caso Urdangarin.

    Lo cierto es que no hubiera tenido que ser necesario que el CGPJ tomara cartas en el asunto, al cual ya se refería ABC hace muchas semanas, y el propio juez Castro 'advertía' hace unos días que no podrá evitar ni tan sólo las filtraciones de las grabaciones de las declaraciones de imputados que han pedido este método de registro de su declaración (caso de Diego Torres, aunque no de Iñaki Urdangarin).

    Las garantías procesales forman parte del sistema democrático del país, lo cual obliga al propio juez instructor a velar por el cumplimiento también de los mismos. No es de recibo que diga que iniciar una causa sobre ello "ya se advierte inútil, dilapidadora de un tiempo que no sobra". Forma tan parte del caso como la investigación de las presuntas irregularidades, y es un grave atentado a la presunción de inocencia de los imputados.

    Que las filtraciones provengan del propio juzgado o no es precisamente lo que tiene que investigar, no veo porqué debe 'tener tiempo' para investigar las presuntas irregularidades y no las presuntas filtraciones. La ecuanimidad debe formar parte del sistema judicial, y los juicios de valor del juez se los debe guardar para cuando juegue a dominó con sus amigos.

    Por un lado la policía judicial me aseguró durante mi declaración que no había habido ninguna filtración de partes secretas del  sumario desde la instrucción, y que en todo caso lo que se había filtrado había sido parte de lo que se había entregado a alguno en concreto de los propios imputados.

    Por otro lado, me consta también por parte de algunos imputados que sí se produjeron dichas filtraciones, no entraré en el detalle si desde juzgado, secretarios judiciales o policía judicial. Más aún, uno de los periodistas que recibió filtraciones antes del levantamiento del secreto de sumario, aseguró que no tenía porqué rendir cuentas de sus fuentes, lo cuál es cierto, pero también lo es que implícitamente reconocía estar recibiendo filtraciones secretas.

    Nadie es impune, ni un yerno del Rey, ni un juez prevaricador (no me refiero a Castro) ni la parte instructora de un caso. Todo forma parte de la Justicia, y por ello todo debe tener el mismo grado de consideración.

    ¿Cómo fijaba los precios el Instituto Nóos?

    jueves, 9 de febrero de 2012

    La fijación de precios y elaboración de presupuestos en el Instituto Nóos no difería mucho del resto del sector de consultoría. En general no existe un precio hora fijo, dentro de unos baremos. En este sentido podemos de entrada afirmar que precios que han aparecido en medios como los 416 €/h. para determinados casos o el 1,2 millones para las cumbres, están dentro de esos baremos de mercado, al menos para la época.

    Para las cumbres se partía para elaborar el presupuesto de las partidas de coste, se estimaba el coste de la subcontratación o prestación del servicio y se añadía un margen, redondeando las cifras finalmente. Hay casos en que en el coste de, por ejemplo, las cumbres de Valencia, parte de las partidas eran asumidas por el cliente, como todas aquellas vinculadas con los gastos in situ (alquiler salas, alojamiento expertos, desplazamientos, catering, decoración), mientras que el resto de partidas vinculadas especialmente con el personal de Nóos eran asumidas por éste (logística, búsqueda expertos, comunicación, prensa, administración, editorial, diseño programático, etc.). En el caso de Mallorca sí estaban incluídos en el presupuestos todas las partidas de coste.

    En consultoría había un precio hora aproximado para socios, consultores sénior y consultores júnior, de los que se hacía una previsión de dedicación, y finalmente se redondeaba la cifra. Para grandes empresas podía aplicarse a veces la norma de no efectuar trabajos por debajo de los 100.000 €. En otros casos, en especial para administraciones públicas locales, se llegaron a hacer trabajos de muy bajo importe, por debajo de los 10.000 €.


    Como en cualquier otra consultora, había propuestas que llegaban a buen término y otras que simplemente eran rechazadas, tanto para clientes privados como públicos. En general, pero, se podía considerar una consultora con precios caros, dentro del baremo de precios de mercado que otras consultoras también ofrecían, pero en la banda alta. Este aspecto es el que se ha querido vincular con el presunto delito de malversación de fondos públicos, dado que Nóos no ha justificado con facturas el 100% de los gastos presupuestados para las cumbres. Lo cierto es que teniendo en cuenta que a cada partida se le añadía un margen, resulta inconcebible para una actividad lucrativa (pues no era, está claro, una entidad sin afán de lucro) que no exista un margen y, por lo tanto, es imposible que para un presupuesto de 1,2 millones se puedan justificar más de 600 u 800.000 €. Al fin y al cabo, de haber superado el presupuesto, el coste hubiera ido a cargo de Nóos con las pérdidas consecuentes. Las cumbres resultaron pues ciertamente lucrativas para la empresa, en especial las de Valencia, aun siendo cierto que los proveedores o subcontratistas eran elegidos con especial esmero, y eran también caros para la empresa pues eran de alta calidad.

    Se ha apuntado a menudo que Nóos había 'desviado' dinero público. Nada más lejos de la realidad: cuando un cliente aceptaba un presupuesto y pagaba por los trabajos, ese dinero dejaba de ser público para pasar a ser privado, y de ahí los socios decidían qué hacer con el beneficio, si dejarlo en la empresa para reinversión o retirarlo como dividendos en retribución por su trabajo.

    En cualquier caso, además del factor coste del personal implicado, el factor más relevante de facto era la disponibilidad a pagar del cliente, por lo que se maximizaba lo que en teoría económica se llama el excedente del consumidor, intentando fijar el máximo precio que en la negociación se podía llegar a cobrar. Era pues a menudo una negociación con el cliente.

    Finalmente, un tercer factor era la reputación de la empresa, en este sentido el quién son los socios o la imagen de marca determinan de forma también importante el precio, como en el resto del sector. En el caso del Instituto Nóos la calidad técnica y científica que aportaba Diego Torres era complementada por la imagen de prestigio en el ámbito deportivo de Iñaki Urdangarin, aunque es de suponer que también su pertenencia a la familia real era un factor de decisión entre los clientes, para quienes ambos elementos les ofrecían garantías de éxito.

    Se ha apuntado que la presencia de Urdangarin en Nóos era un factor que hacía que muchos clientes se 'sintiesen obligados', o que con él se podía llegar a esferas políticas que de otro modo no sería posible. Lo cierto es que no se iba a punta de pistola a convencer a los clientes, la prueba es que muchos rechazaron las propuestas. Que Urdangarin aprovechase su pertinencia a la Casa Real tampoco era necesariamente cierto, en Mallorca se accedió al presidente Jaume Matas a través de un amigo deportista de Iñaki, Pepote Ballester. En cualquier caso, cualquier persona con carnet de un partido político gobernante tiene fácil acceso a consejerías y presidentes, con lo que la Casa Real como tal no dejaba de ser un 'color político' más, simplemente que en este caso era útil para cualquier opción gobernante.

    Lo que el Rey podía saber de los negocios de Urdangarin

    lunes, 6 de febrero de 2012

    Foto: Casa Real
    Parece cierto que el Rey 'ordenó' a Urdangarin que dejase sus negocios privados, al menos son muchas las referencias y la Casa Real no las ha desmentido. Pero, ¿qué podía saber realmente el Rey sobre los negocios privados de su yerno?

    Cuando el Rey envió a un asesor a escudriñar el Instituto Nóos no pudo ver en absoluto ni un porcentaje ínfimo de lo que ahora corre por los medios y consta en el sumario de un caso que sigue instruyéndose y, por lo tanto, no podemos tomar como Biblia como alguien hace.

    La única conclusión que a lo sumo pudo llegar el asesor es que el Instituto Nóos tenía forma jurídica de asociación sin ánimo de lucro, y en realidad había un lucro evidente a través de las empresas del grupo que le facturaban. Caso contrario le hubiera llevado semanas o meses llegar a conclusiones más allá de esta.

    Pero lo cierto es que el Rey simplemente no quería que un miembro de la familia real tuviera iniciativa y quisiera ser algo más que miembro de la misma. Iñaki igual no es el yerno perfecto, como rezaba el documental de laSexta, pero ciertamente a ojos de mucha gente como yo mismo es un ejemplo prototipo de emprendimiento e iniciativa que debería ser ejemplo para todo el país, en vez de tener que terminar escondiéndose trabajando cómodamente para una empresa tercera, como hizo Marichalar desde el principio en Loewe, y ahora ha tenido que terminar haciendo Urdangarin en su exilio.

    Resulta pues absolutamente censurable que el Rey le pidiera abandonar sus negocios privados, cuando máxime es un ejemplo de lo que necesita el país. Otra cosa muy distinta es el globo mediático que se ha inflado alrededor del caso y que será un juez, y no la opinión pública, quien tenga que decidir si había o no irregularidades penales, y especifico PENALES porque muchas de las acusaciones de la opinión mediática y pública no tienen nada que ver con la vía penal, en todo caso con la administrativa, o civil (que es la que regula los presuntos incumplimientos en los preceptos de las asociaciones), o peor, simplemente en la ética subjetiva.

    El Rey pues no podía saber nada de los negocios más allá de que presuntamente se incumplía un precepto por la vía administrativa: tener ánimo de lucro, algo de lo que el Instituto Nóos por cierto nunca hizo bandera. Las decisiones del Rey pues fueron totalmente arbitrarias y centradas exclusivamente en lo que a él le interesaba, y no pueden pues ser interpretadas como indicio de culpabilidad de Urdangarin en absoluto, a diferencia de lo que ya han hecho ciertos medios.

    El millón pagado a Instituto Noos en Valencia no era neto

    viernes, 3 de febrero de 2012

    En la línea de las tergiversaciones periodísticas, el convenio de colaboración (que no contrato de entrada) entre el Instituto Nóos por una parte, y  Ciudad de las Artes y de las Ciencias, SA (CACSA) y Fundación Turismo Valencia Convention Bureau (FTVCV) de la otra el 8 de septiembre de 2004, ha sido también objeto de valoraciones un tanto exóticas.

    Por un lado un medio asegura que Hacienda "nunca había visto 'contratos' (sic) como los de Nóos, y que "los investigadores apuntan que la fórmula usada en los convenios es inédita". Sigue apuntando que en el sumario se especifica que "los redactores del presente informe (con muchos años de servicio en su actividad profesional) jamás se han encontrado con un supuesto como el contemplado", y añaden de cosecha propia los periodista que "la fundación Turismo Valencia Convention Bureau y la Ciudad de las Artes y las Ciencias eligieron la fórmula del convenio de colaboración para la celebración de tres foros sobre turismo y deporte, y otorgaron al Instituto Nóos un canon limpio de 1.044.000 euros por cada edición".

    De entrada hay que comentar que el canon no era de 1.044.000 euros, sino de 900.000 € (IVA excluido). Tampoco era un 'contrato', sino un convenio de colaboración. Por el resto cualquiera puede leer el convenio y darse cuenta que no contiene ningún tipo de cláusula 'anormal'. El convenio establece un canon para Nóos de 900.000 €, y especifica las partidas de gasto que quedan a cargo de las entidades 'colaboradoras' (que no contratantes): alojamiento, viajes, alquiler salas, audiovisuales, mobiliario, cátering reuniones, cátering cena de gala, cartelería, decoración floral, iluminación, decoración salas, acreditaciones y ambientación musical, es decir, todo lo referido a las partidas in situ, que suman un valor de 265.205 € (más IVA). Estos importes se facturan directamente a las entidades colaboradoras, CACSA y FTVCV por parte de las entidades prestatarias.

    El que define como canon "limpio" es de 900.000 € + IVA que debe cubrir todo el resto de gastos vinculados al evento, básicamente vinculado con el personal de Nóos (logística, administración, captación ponentes, relación ponentes, página web, productos editoriales resultantes, relatorías, etc.) y trabajos subcontratados (prensa y comunicación o dirección científica por ejemplo). Es innegable que el contrato es lucrativo, a este nivel está claro que nadie habla de ausencia de ánimo lucrativo, pero también es innegable que el canon no es limpio sino que incluye una serie de gastos inherentes, que a grosso modo podría estar entre los 350 y 500.000 €. Luego queda remunerar a los socios y principales referentes del evento, Diego Torres e Iñaki Urdangarin (y de ahí las famosas facturas de empresas como Aizoon a Instituto Nóos por la retribución de Urdangarin), así como la parte correspondiente a beneficios, que podrían rondar los 200-350.000 €.

    Por el resto se menciona la sorpresa de que Instituto Nóos no tenga que justificar sus gastos, que esencialmente son internos, lo cual no deja de sorprenderme a mi dicha sorpresa. Convenios como este son los habituales mire como se mire (sin entrar en discusiones sobre si los 900.000 eran mucho o poco). El cliente firmó por un producto llave en mano por un determinado importe que aceptó. No entiendo donde está el lío con dichos convenios. Sólo las malas intenciones, la voluntad de causar daño a las partes, la tergiversación periodística (y no periodística) y, acaso, el desconocimiento del funcionamiento del sector de los eventos por parte de Hacienda y la instrucción del caso, pueden generar el debate que todo esto ha generado. Puro sentido común y ausencia de malas intenciones.

    El Instituto Nóos disponía de una amplia red de expertos internacionales

    jueves, 2 de febrero de 2012

    El Comité Directivo del Instituto Nóos estuvo siempre formado por expertos internacionales, hecho que confirma la capacidad técnica y científica de la empresa para reclutar a expertos de talla internacional, a diferencia de lo que algún medio sensacionalista ha puesto en duda, afirmando que "más que disponer de un plantel de investigadores y científicos, contaba con cerebros en ingeniería financiera y fiscal, expertos en captar fondos públicos a través del Instituto Nóos para beneficio de Urdangarín y su socio".

    Este es un episodio gratuito más de voluntad de desprestigio no basado en hechos objetivos. La constante colaboración del Instituto Nóos con expertos internacionales me consta como excolaborador, y así fue por ejemplo en el Valencia Summit 2004 al que puede asistir.

    En el Comité Directivo que figuraba en la página web, sobre el que ciertamente el Instituto Nóos se respaldaba para dar mayor imagen de legitimidad, contaba con personajes tan relevantes como Michel Fiol (HEC Grande École), José Hartasánchez (ITAM, México), Emilio Herbolzheimer (Henley Management College), Tony Meenaghan (University College Dublin), Ezequiel A. Reficco (Harvard Business School), Luis Vives (Massachusetts Institute of Technology) o Carlos Rufin (Babson College), que lógicamente no figuraban 'sin permiso' en la página web.

    Esta extensa red de contactos le permitía al Instituto Nóos captar para las cumbres de Valencia y Baleares (en  este caso al menos la del 2005), expertos de talla internacional que aportasen su conocimiento al territorio para desarrollar sus políticas públicas (no sólo hay que medir lo que cuesta una cumbre sino también el retorno por la vía del conocimiento generado, no era pues un gasto sino una inversión).

    Que Diego Torres e Iñaki Urdangarin ahora 'caigan mal' a ciertos medios y a la opinión pública, e incluso que pudieran existir indicios de delito (porque de 'evidencias' todavía no he encontrado en el sumario), no implica que se tenga que mentir sobre la actividad que desarrollaban.

    Diego Torres alquiló su propio velero a la Fundación DCIS

    martes, 31 de enero de 2012

    El 20 de abril de 2011 la sociedad Octium, SL, administrada por la esposa de Diego Torres, Ana Tejeiro, firmó un contrato de arrendamiento con la Fundación Deporte, Cultura e Integración Social (FDCIS) por una embarcación de nombre Octium y matrícula 6ª BA-2-15-11, marca Elan. Por parte de Octium, SL firmaba Ana Tejeiro (la esposa), por parte de FDCIS Diego Torres como presidente.

    Según consta en contrato el objeto de dicho alquiler era el programa Velas por la Vida, programa llevado a cabo conjuntamente por la FDCIS y Asociación Junts en Acció para acercar al mundo de la vela a personas con discapacidad.

    El mismo día Miguel Tejeiro en nombre de FDCIS cedía el uso particular a Diego Torres. Lo cierto es que el titular de agencia ya era algo sesgado ("Diego Torres se benefició de una embarcación alquilada por la Fundación de Discapacitados que preside"), podemos imaginar como derivó el mismo en otros medios que difundieron la noticia de agencia. La cuestión es que la noticia no es falsa, simplemente una media verdad, como tantas otras en este caso.

    El velero en cuestión es el velero particular del matrimonio Torres-Tejeiro, luego Diego Torres alquiló su propio velero a la fundación DCIS para llevar a cabo el proyecto Velas por la Vida, y se guardó su uso para cuando no fuera usado por el proyecto. Además, esta página de la web de la empresa nos muestra como el proyecto también es asumido como propio por Octium, SL. Vemos en ella también como el objeto último de Octium, SL no es el alquiler de embarcaciones, sino ser "un centro de investigación que quiere servir de foro de análisis y discusión sobre las estrategias de patrocinio, mecenazgo y acción social". El alquiler de la embarcación pues era una actividad adicional, no principal, de la sociedad.

    Pero lo más lamentable de la cuestión difundida ampliamente en prensa no es su contenido, sino su motivación, pues ¿qué tiene que ver con el caso instruido por la vía penal? Su único objetivo es el sensacionalismo y amancillar la reputación de uno de los imputados, como tantas y tantas otras noticias que tampoco tienen nada que ver con la instrucción.

    ¿Qué eran los Juegos Europeos del Instituto Nóos?

    lunes, 30 de enero de 2012

    Los Juegos Europeos fueron una iniciativa propuesta por el Instituto Nóos al gobierno valenciano. Cualquier acusación de "adjudicación a dedo" huelga decir pues que es sensacionalista y malintencionada, ¿o acaso la Generalitat tenía que poner a 'concurso público' una idea de Nóos? Para ello están herramientas como el convenio o el patrocinio público, que son las que se usaron.

    De hecho, según consta en la declaración de Miguel Zorío, representante de la firma Lobby Comunicación, la idea de unos Juegos Europeos fue suya y trasladó al Instituto Nóos un estudio de viabilidad, y conjuntamente presentaron el proyecto a la Generalitat.

    En el caso que se hubieran llevado a cabo, el convenio fija una retribución para el Instituto Nóos de 6 millones de euros. Dado que se llevaron a cabo trabajos previos de estudio de viabilidad, Nóos llegó a cobrar 382.000 € por dicho concepto. No son ciertas pues afirmaciones como que "Nóos cobró por unos Juegos Europeos que nunca se celebraron". Cobró por los estudios de viabilidad, que además fueron en parte fueron llevados a cabo por la empresa valenciana Lobby Comunicación, tal y como consta en sumario, además del hecho que desde Nóos hubo al menos un consultor encargado de su estudio (que elaboró un informe de unas 300 páginas según su declaración). La cantidad cobrada pues está plenamente justificada, aunque se pueda discutir si fue mucho o poco. Pero tratándose del tipo de este evento no parece exorbitado.

    Finalmente los Juegos Europeos no llegaron a celebrarse por, según consta en la declaración de Miguel Zorío, los siguientes motivos:

    "1º- Que la presentación pública inicial fue un error debido a que no se había obtenido autorización previa del COI, lo que provocó reticencias y obstáculos por parte del COI.
    2º- Las divergencias y diferencias de criterio entre el Instituto Nóos y la Generalitat Valenciana, ya que el IN entendía que era un proyecto "llave en mano" y por lo tanto no tenía que justiticar el destino de los fondos públicos que recibía, mientras que la asesoría jurídica de la Generalitat entendía que el IN debía de justificar mediante la presentación de las contrafacturas cada euro que recibía de los fondos públicos, motivando esto que la relación entre ambos deteriorara y el proyecto finalizó."

    El primer punto se refiere a que no se contaba con el apoyo del COI, lo cual de hecho no es exacto pues precisamente formaba parte del encargo el conseguir la complicidad del mismo. Se ha publicado en prensa que tampoco contaba con el apoyo del responsable de las federaciones europeas "por ya existir campeonatos a nivel europeo". Huelga decir que también existen campeonatos a nivel mundial que también 'compiten' com los Juegos Olímpicos, y ello no es un problema. Así pues, precisamente parte del encargo era negociar todos estos asuntos a partir de los contactos de Iñaki Urdangarin en el mundo del deporte. La cuestión es que simplemente no llegó a buen puerto, pero ello no significa que no se trabajara para ello, por lo tanto, como cualquier trabajo, tiene que cobrarse. Así pues, si los Juegos Europeos eran "imposibles" como se ha afirmado en prensa, lo fueron después de los trabajos de intermediación y estudio de viabilidad.

    El segundo punto tiene mucho que ver con lo comentado sobre las cumbres: si se presenta una propuesta a una administración con un determinado presupuesto y es aceptado, el contratante asume el riesgo de que el coste final pueda ser superior, no correspondiendo como se ha dicho que si es inferior tenga que devolver dichas cantidades a la administración, lógicamente. Pero parece que en este caso sí quiso la Generalitat incluir dicho aspecto en la negociación, a diferencia de las cumbres.

    Aizoon no desvió dinero público sino que facturó los honorarios de Urdangarin

    domingo, 29 de enero de 2012

    Hemos podido leer con asiduidad que los Duques de Palma habían reformado su palacete de Barcelona o su mansión de Washington con "dinero público desviado" (sic) a través de Aizoon, la sociedad que comparten a medias.

    Es decir, que las cantidades facturadas a través de Aizoon ya sea al Instituto Nóos o directamente a clientes públicos, siguen siendo 'dinero público'. Lo cierto es que bajo este prisma deberíamos asumir que todo el profesorado de la escuela pública, el funcionariado o incluso todas las empresas que facturan al sector público están 'desviando dinero público'. Ello es sólo una forma de ver la perversión bajo la cuál se mide el caso y, en especial, el supuesto y más que discutible delito imputado de malversación de fondos públicos.

    En el momento en que una empresa, sea o no de Iñaki Urdangarin (porque tiene también derechos además de obligaciones), factura al sector público, ese dinero deja de ser público para pasar a ser privado. Y en ese momento quienes son propietarios de ese dinero privado, propio, puede destinarlo a lo que desee. Pero parece que esta lógica aplastante no les es concedida a los Duques de Palma.

    Según el anexo 48 del sumario del caso "Si sumamos la cantidad no justificada, más las facturas presentadas no imputables al objeto del convenio, más las cantidades cobradas por D. DIEGO TORRES Y D. IÑAKI URDANGARIN por este evento, la suma global presuntamente desviada de los fondos públicos es de 717.326 €". Ello incluye la cantidad que "D. IÑAKI URDANGARIN, Presidente del INSTITUTO NOOS, a través de una entidad mercantil de su propiedad denominada AIZOON SL, facturó al INSTITUTO NOOS por "Gestión de la logistica del lB FORUM" la cantidad de 116.000 €".

    Es decir, que la instrucción del caso considera 'desvío de fondos públicos' la cantidad facturada por Iñaki Urdangarín en concepto de sus honorarios en el Illes Balears Forum, equivalente a un 10% del contrato global cifrado en 1,2 millones aproximadamente, porcentaje que me parece más que razonable para un socio. De otro modo significaría que habría trabajado 'gratie et amore' para el desarrollo de políticas públicas de Mallorca.

    Es por este motivo que el delito imputado de malversación de fondos públicos es más que discutible y, sin duda, va a ser de los primeros en caer a la que el juez, con mayor 'juicio' que los instructores, le eche un vistazo, al menos en lo que a lo comentado se refiere. Puro sentido común.